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Municipios en México para niños

Enciclopedia para niños
Datos para niños
Municipio
Municipalities of México (black borders).svg
País MéxicoFlag of Mexico.svg México
Categoría Segundo nivel de división administrativa
Localizados en Estados
Datos estadísticos
Número actual 2471
Fecha del último creado  (2021)
Gobierno Presidencia municipal
Ayuntamiento
Gobierno municipal
Subdivisión(es) Localidades

Los municipios de México son la unidad básica de división territorial de los treinta y un estados que junto a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México constituyen las entidades de segundo nivel administrativo del país. El número de municipios en cada estado varía, de cinco en Baja California Sur, hasta de quinientos setenta en Oaxaca. En total, México se divide en 2471 municipios y 16 demarcaciones territoriales.

La denominación oficial de esta subdivisión en México es municipio libre, concepto surgido de la Revolución mexicana, que implica la plena autonomía de estos, con facultades legislativas y ejecutivas propias, depositadas en un ayuntamiento y presidente municipal respectivamente. Sus responsabilidades están relacionadas con los servicios públicos básicos de la población. Todo lo anterior con sustento en el artículo 115 de la constitución.

Historia

El concepto jurídico de municipio tiene su origen en el antiguo Imperio romano, eran las ciudades sometidas a Roma y que gozaban de los derechos romanos. De ahí pasó a España, y posteriormente a América con la Conquista Española, dando las ordenanzas municipales Hernán Cortés, quien estableció el primer ayuntamiento en la Villa Rica de la Vera Cruz en 1519.

En las primeras décadas del Virreinato de la Nueva España la fundación de Ayuntamientos constituyó la base de la organización territorial de las nuevas tierras exploradas (y en consecuencia conquistadas). La figura de estos otorgaba plenos poderes a los fundadores para la administración pública y económica del lugar. Los primeros ayuntamientos, tal como lo establecían las normas desde la época de Hernán Cortés, lo integraron los dos alcaldes, cuatro regidores, un procurador y un escribano; los alcaldes tendrían jurisdicción criminal y civil. Esto cambio a partir de 1573 con el edicto real de Felipe II, en el que se determinó, para las villas y ciudades, la nueva integración con un solo alcalde, cuatro regidores, un alguacil, un escribano del concejo y otro público, y un mayordomo. A pesar de poseer amplias facultades autónomas para los asuntos más locales, los ayuntamientos tenían supeditadas sus decisiones políticas a la de autoridades de ciudades más grandes, desde luego del virrey y en consecuencia de la Corona. Las reformas de Carlos III dotaron al recién creado cargo de Intendente de toda la autoridad sobre ayuntamientos; con ello se redujo a solo un alcalde, dos regidores y un procurador; se perdió toda autonomía hacendaría y se reconocía al intendente como máxima autoridad del propio cabildo.

La constitución de Cádiz de 1812 que rigió en plena Guerra de Independencia, estableció como novedades la denominación de sindico para el procurador, la elección democrática de los miembros del ayuntamiento, el periodo limitado de un año para el alcalde, la exigibilidad de ser originario o residencia de al menos cinco años para quien aspirara al cargo de alcalde. Sin embargo se sostuvo a los Jefes políticos (sucesores de los intendentes) como instancia máxima de decisión en asuntos de la administración.

Los sucesivos regímenes constitucionales del México independiente no modificaron sustancialmente la conformación y responsabilidades de los ayuntamientos; pero si su grado de autonomía. El estatuto provisional del Imperio conservó la organización dictada por la constitución de Cádiz; la constitución de 1824 dotó de autonomía a los estados para decidir su división interna, por lo que no menciona la figura de ayuntamiento (aunque en la mayor parte del país se conservó); las constituciones de las repúblicas centralistas y el estatuto del Segundo Imperio crearon figuras políticas intermedias (entre alcaldes y Jefes de Departamento) que restaron poder e influencia al ayuntamiento, pues depositaban en ellos la última decisión de cualquier acto, entre las figuras creadas estuvieron los prefectos, jefes políticos de distrito e incluso los diputados correspondientes a cada demarcación. La constitución de 1857 recuperó la figura de alcalde, hasta que en 1881 las reformas porfiristas la desaparecieron, sustituyéndola por el Jefe Político, quien tenía facultad para integrar juntas municipales (sustitutas a la vez, de los ayuntamientos).

La Constitución de 1917 estableció en su artículo 115 la denominación oficial de municipio libre para las unidades geográficas en que se dividirían los estados, por lo cual la figura de jefe político fue remplazada por la de presidente municipal. Dicho artículo es el que describe las facultades y responsabilidades de los municipios, confiriéndole especialmente la administración de los servicios públicos más básicos (seguridad pública, agua potable, drenaje, alumbrado, panteones, mercados, parques, obra pública menor, servicios de limpia, uso de suelo, desarrollo urbano y/o comunitario, transporte público, etc.), la acción legislativa de los ayuntamientos para ese fin, el cobro de impuestos a dichos servicios y cualquier otra facultad que le otorgue la constitución estatal y la ley orgánica del municipio.

En 1983 se modificó nuevamente el artículo 115 para otorgar al municipio la capacidad jurídica de formular el presupuesto y recaudar ciertos impuestos.

El último municipio mexicano en ser creado fue el municipio de San Quintín, Baja California. Fue aprobado por el congreso local el 12 de febrero de 2020 y formalizado el 28 de febrero de ese mismo año. Cuenta con 140,000 habitantes y una superficie de más de 33 mil km².

Gobierno y responsabilidades

Cada municipio goza de autonomía en su capacidad para elegir a su propio ayuntamiento (órgano colegiado con poder legislativo), el cual es responsable, en la mayoría de los casos, de proveer todos los servicios públicos que requiera su población; la mencionada autonomía implica la eliminación de toda figura intermediaria entre los gobiernos locales y estatales. El ayuntamiento es encabezado por un presidente municipal, elegido cada tres años con opción a reelegirse. Cada cabildo esta formado por regidores en función de su tamaño poblacional, y sindicos de acuerdo al número que establezca la ley estatal. En el caso de las demarcaciones territoriales de Ciudad de México, estas contarán con un poder ejecutivo (alcaldes) electo por sufragio universal, con facultades ejecutivas y autonomía administrativa idénticas a las de los municipios, pero carecerán de ayuntamientos o cabildos para funciones legislativas.

Es libre económicamente también, porque administra su Hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso percibirán las que establezcan sus Estados, las participaciones del gobierno federal y los derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo. En varios municipios se puede contratar servicio de custodia policíaca, como la bancaria, en cuyo caso el municipio expide una factura para el cobro de esos servicios; también es posible en otras líneas de servicio.

Al mismo tiempo, los municipios están facultados por las constituciones locales para organizarse territorialmente; la mayoría de ellos denominando Delegaciones a aquellas comunidades situadas fuera del área urbana que constituye la llamada Cabecera municipal. Aunque estas no tienen mayor autonomía que la elección de su delegado y la participación en los proyectos de desarrollo comunitario; pues las funciones de estos entes administrativos son meramente ejecutorias de las determinaciones del ayuntamiento. Son parte del municipio las congregaciones, pueblos, aldeas, ejidos y ranchos que se encuentran dentro del territorio municipal.

También se les faculta para coordinar su organización con aquellos municipios con los que constituya, de acuerdo a la categorización del INEGI, una Zona metropolitana.

Los poderes del municipio, es decir, el ayuntamiento, pueden suspenderse o desaparecer si así lo decreta el Congreso del Estado, por acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, siempre y cuando se fundamente en las causales que determinan las leyes del Estado. No obstante, en aquellas situaciones que impliquen conflictos de estos con sus gobiernos estatales, los otros municipios, los poderes de la unión y los órganos autónomos, solo la Suprema Corte de Justicia puede resolverlas.

Los municipios poseen, por medio de sus ayuntamientos, la facultad reglamentaria en materia de policía y gobierno, así como para la administración pública municipal, los procedimientos en áreas de su competencia, y sobre todo, los servicios públicos que corren a su cargo, a saber: producción y distribución de agua potable, alumbrado público, limpia, mercados, panteones, rastros, calles, parques y jardines, y seguridad pública. No obstante, en coordinación con el gobierno estatal y federal, puede asistir en: Educación, Servicios de emergencia, Servicios de salud, Protección ambiental y Mantenimiento de monumentos y sitios históricos; y a la vez asociarse con estos para el cumplimiento de sus responsabilidades esenciales.

Las fuentes de ingreso de los municipios son:

  1. Las contribuciones que las leyes de los Estados establecen en materia de propiedad inmobiliaria.
  2. Las participaciones federales, que se componen de:
    1. Ramo 33.- Recursos que envía la Federación al Municipio con el fin de que se destinen a un municipio específico, y a un rubro o proyecto concreto del gasto municipal.
    2. Participaciones federales destinadas a los Estados, en la proporción que determinen las leyes locales.
  3. Ingresos de servicios públicos.

Además, los municipios pueden contraer préstamos con la banca de desarrollo y con la banca comercial, pero en este último caso, solo cuando exista fuente de repago (no se puede utilizar para gasto corriente).

Número de municipios de cada entidad

Estado Número de Municipios
Coat of arms of Aguascalientes.svg Aguascalientes 11
Coat of arms of Baja California.svg Baja California 7
Coat of arms of Baja California Sur.svg Baja California Sur 5
Coat of arms of Campeche.svg Campeche 13
Coat of arms of Chiapas.svg Chiapas 124
Coat of arms of Chihuahua.svg Chihuahua 67
Coat of arms of Mexico City, Mexico.svg Ciudad de México 16
Coat of arms of Coahuila.svg Coahuila 38
Coat of arms of Colima.svg Colima 10
Coat of arms of Durango.svg Durango 39
Coat of arms of Guanajuato.svg Guanajuato 46
Coat of arms of Guerrero.svg Guerrero 85
Coat of arms of Hidalgo.svg Hidalgo 84
Coat of arms of Jalisco.svg Jalisco 125
Coat of arms of Mexico State.svg Estado de México 125
Escudo del Estado de Michoacán.svg Michoacán 113
Coat of arms of Morelos.svg Morelos 36
Coat of arms of Nayarit.svg Nayarit 20
Coat of arms of Nuevo Leon.svg Nuevo León 51
Coat of arms of Oaxaca.svg Oaxaca 570
Coat of arms of Puebla.svg Puebla 217
Coat of arms of Queretaro.svg Querétaro 18
Coat of arms of Quintana Roo.svg Quintana Roo 11
Coat of arms of San Luis Potosi.svg San Luis Potosí 58
Coat of arms of Sinaloa.svg Sinaloa 18
Coat of arms of Sonora.svg Sonora 72
Coat of arms of Tabasco.svg Tabasco 17
Coat of arms of Tamaulipas.svg Tamaulipas 43
Coat of arms of Tlaxcala.svg Tlaxcala 60
Coat of arms of Veracruz.svg Veracruz 212
Coat of arms of Yucatan.svg Yucatán 106
Coat of arms of Zacatecas.svg Zacatecas 58
Total 2471

Municipios más grandes

Por población

Datos del INEGI, 2020.

Posición Municipio Estado Población
Tijuana Baja California 1 922 523
Iztapalapa Ciudad de México 1 835 486
León Guanajuato 1 721 215
Puebla Puebla 1 692 181
Ecatepec de Morelos Estado de México 1 645 352
Juárez Chihuahua 1 512 450
Zapopan Jalisco 1 476 491
Guadalajara Jalisco 1 385 629
Gustavo A. Madero Ciudad de México 1 173 351
10° Monterrey Nuevo León 1 142 994
11° Nezahualcóyotl Estado de México 1 077 208
12° Mexicali Baja California 1 049 792
13° Querétaro Querétaro 1 049 777
14° Culiacán Sinaloa 1 003 530
15° Mérida Yucatán 995 129
16° Aguascalientes Aguascalientes 948 990
17° Chihuahua Chihuahua 937 674
18° Hermosillo Sonora 936 263
19° San Luis Potosí San Luis Potosí 911 908
20° Benito Juárez Quintana Roo 911 503
21° Toluca Estado de México 910 608
22° Saltillo Coahuila 879 958
23° Morelia Michoacán 849 053
24° Naucalpan Estado de México 834 434
25° Acapulco Guerrero 779 566

Por territorio

Datos del INAFED.

Lugar Estado Municipio Superficie
Baja California Sur Mulegé 33 092 km²
Baja California San Quintín 32 883.93 km2
Coahuila Ocampo 26 433 km²
Baja California Sur La Paz 20 274.98 km²
Baja California Ensenada 19, 346 km² 
Quintana Roo Othón P. Blanco 18 760 km²
Chihuahua Ahumada 17 131.5 km²
Chihuahua Camargo 16 066 km²
Sonora Hermosillo 14 880.2 km²
10° Campeche Calakmul 13 839.11 km²
11° Quintana Roo Felipe Carrillo Puerto 13 806 km²
12° Baja California Mexicali 13 700 km²
13° Baja California Sur Comondú 12 547.3 km²
14° Zacatecas Mazapil 12 063 km²
15° Sonora Pitiquito 11 979.96 km²
16° Coahuila Acuña 11 487.70 km²
17° Chihuahua Jiménez 11 074.14 km²
18° Chihuahua Ascensión 11 000.10 km²
19° Sonora Caborca 10 721.84 km²
20º Coahuila Cuatrociénegas 10 669.80 km²

Municipios más pequeños

Por población

Lugar Estado Municipio Población (2015)
Oaxaca Santa Magdalena Jicotlán 93
Oaxaca Santiago Tepetlapa 131
Oaxaca Santo Domingo Tlatayápam 153
Oaxaca Santiago Nejapilla 219
Oaxaca San Pedro Yucunama 232
Oaxaca San Mateo Tlapiltepec 234
Oaxaca La Trinidad Vista Hermosa 249
Oaxaca Santa María Tataltepec 253
Oaxaca Santo Domingo Tonaltepec 276
10° Oaxaca San Miguel del Río 294
11° Oaxaca San Antonio Acutla 297
12° Oaxaca San Miguel Tecomatlán 308
13° Oaxaca San Juan Chicomezúchil 320
14° Oaxaca San Cristóbal Suchixtlahuaca 334
15° Oaxaca San Miguel Tulancingo 346
16° Oaxaca Santa María Yalina 354
17° Oaxaca Santa Cruz del Bravo 364
18° Oaxaca San Bartolomé Zoogocho 368
19° Oaxaca Santo Domingo Yodohino 369
20° Sonora Oquitoa 372
21° Oaxaca Santiago Zoochila 374
22° Oaxaca San Francisco Nuxaño 378
23° Oaxaca San Francisco Teopan 394
24° Oaxaca San Bartolomé Yucuañe 399
25° Oaxaca San Juan Evangelista Analco 404
26° Oaxaca San Pedro Topiltepec 406
27° Sonora San Felipe de Jesús 407
28° Oaxaca Magdalena Zahuatlán 409
29° Oaxaca Santiago Miltepec 409
30° Oaxaca San Juan Bautista Suchitepec 417

Por territorio

Datos del INAFED.

Lugar Estado Municipio Superficie km²
Oaxaca Natividad 2.09
Tlaxcala San Lorenzo Axocomanitla 4.34
Tlaxcala San Juan Huactzinco 4.44
Tlaxcala Santa Cruz Quilehtla 5.40
Tlaxcala Santa Isabel Xiloxoxtla 5.45
Tlaxcala Tocatlán 5.90
Tlaxcala Mazatecochco de José María Morelos 5.90
Tlaxcala San Jerónimo Zacualpan 7.56
Oaxaca Santa Lucía del Camino 7.65
10° Tlaxcala Acuamanala de Miguel Hidalgo 7.80
11° Tlaxcala Santa Apolonia Teacalco 7.91
12° Estado de México Papalotla 8.74
13° Puebla Teteles de Ávila Castillo 8.93
14° Oaxaca San Sebastián Tutla 8.93
15° Tlaxcala Santa Ana Nopalucan 9.37
16° Tlaxcala Santa Catarina Ayometla 9 .6
17° Estado de México Mexicaltzingo 10.00
18° Oaxaca Santa María Coyotepec 10.21
19.º Oaxaca Santa Cruz Amilpas 10.21
20.º Oaxaca San Antonio de la Cal 10.21
21.º Puebla Coatepec 10.22

Véase también

Kids robot.svg En inglés: Municipalities of Mexico Facts for Kids

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Municipios en México para Niños. Enciclopedia Kiddle.