Municipios de Colombia para niños
Datos para niños Municipio |
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País | Colombia | |
Categoría | Segundo nivel de división administrativa | |
Localizados en | Departamentos | |
Fecha de creación | 1858 | |
Datos estadísticos | ||
Número actual | 1 123 | |
Fecha del último creado | (2022) | |
Tipos posibles | 19 áreas no municipalizadas 1 distrito capital |
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Gobierno | Alcaldía municipal Concejo municipal |
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Subdivisión(es) | Corregimientos Veredas Inspecciones de policía |
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Los municipios de Colombia corresponden al segundo nivel de división administrativa en Colombia, que mediante agrupación conforman los departamentos. Colombia posee 1104 municipios registrados en el DANE (conteo que incluye los 8 distritos especiales que se cuentan también como municipios). Además, de las 19 áreas no municipalizadas (incluye la isla de San Andrés), en total son 1123 entidades administrativas locales. En Colombia los recursos pasan de la nación al departamento y de este al municipio. Cabe resaltar que el Distrito Capital funciona al nivel de un departamento.
De acuerdo con el Artículo 311 de Constitución de 1991 y la Ley 136 de 2 de junio de 1994, es la entidad territorial fundamental de la división político-administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa dentro de los límites que le señalen la Constitución y las leyes de la República.
Contenido
Historia
En las constituciones de 1811, 1832 y 1843, así como en las constituciones de la Gran Colombia, el territorio de la Nueva Granada (hoy Colombia) se dividía en cantones, que se agrupaban en provincias. En la de 1853 los cantones fueron abolidos, por lo que el territorio nacional de la Nueva Granada quedó dividido en las sub-entidades que antes conformaban los cantones, es decir en distritos parroquiales. En la constitución federal de 1858 los estados colombianos, sustitutos de las provincias neogranadinas, siguieron divididos en distritos pero ya no de carácter parroquial sino municipal.
Luego, con la constitución centralista de 1886, que trasformó los estados en departamentos, estos últimos fueron subdivididos en provincias y estas en distritos municipales. No fue sino hasta las reformas de 1905 y 1910 que estos distritos se denominaron oficialmente municipios con el carácter territorial que poseen hoy; con la creación del Distrito Especial de Bogotá en 1954 el término distrito municipal fue abandonado completamente.
Sin embargo el término distrito resurgió con la promulgación de la constitución de 1991, por medio de la cual fueron creados varios distritos con el fin de diferenciar a un municipio de sus aledaños por su importancia en aspectos como la economía, el turismo, la historia, la industria, etc.
Número total de municipios
Es de notar que la cifra total de estas subdivisiones territoriales varía en el registro de cada una de las entidades gubernamentales que se encargan de su manejo (por ejemplo, la Federación Colombiana de Municipios, el DANE o Planeación Nacional). Esto se debe a varias razones, principalmente, a que en las últimas décadas se han venido elevando y suprimiendo diversos municipios sin un control debido por parte de las gobernaciones, o a que en algunos casos unas consideran municipio a un territorio solo cuando lo incluyen en el situado fiscal, y otras, cuando se ha hecho un referendo y la mayoría de los consultados vota a favor de la creación de la municipalidad. Sin embargo, los municipios realmente se crean mediante ordenanzas de las asambleas departamentales.
Es así, por ejemplo que en el Ministerio del Interior y la Registraduría Nacional figuran 1 104 (no incluye las Áreas no municipalizadas); para Planeación Nacional y el DANE son 1 123 (conteo que incluyen al Distrito Capital y las Áreas no municipalizadas).
Los últimos municipios creados fueron:
- Guachené en el departamento del Cauca (diciembre de 2006).
- San José de Uré y Tuchín en el departamento de Córdoba (abril de 2007).
- Norosí en el departamento de Bolívar (diciembre de 2007).
- Barrancominas en el departamento de Guainía (julio de 2019)
- Belén de Bajirá, en el departamento de Chocó (diciembre de 2022).
Departamento | Municipios | Áreas no municipalizadas |
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Amazonas | 2 | 9 |
Antioquia | 125 | |
Arauca | 7 | |
Atlántico | 23 | |
Bolívar | 46 | |
Boyacá | 123 | |
Caldas | 27 | |
Caquetá | 16 | |
Casanare | 19 | |
Cauca | 42 | |
Cesar | 25 | |
Chocó | 31 | |
Córdoba | 30 | |
Cundinamarca | 116 | |
Guainía | 2 | 6 |
Guaviare | 4 | |
Huila | 37 | |
La Guajira | 15 | |
Magdalena | 30 | |
Meta | 29 | |
Nariño | 64 | |
Norte de Santander | 40 | |
Putumayo | 13 | |
Quindío | 12 | |
Risaralda | 14 | |
San Andrés y Providencia | 1 | 1 |
Santander | 87 | |
Sucre | 26 | |
Tolima | 47 | |
Valle del Cauca | 42 | |
Vaupés | 3 | 3 |
Vichada | 4 | |
Bogotá, Distrito Capital |
Estadísticas
- Municipio más grande: Cumaribo en el Vichada, con 65 193 km².
- Municipio más pequeño: Sabaneta en Antioquia, con 15 km².
- Municipio más poblado: Bogotá en el Distrito Capital, con 7 901 653 habitantes.
- Municipio menos poblado: Sativasur en Boyacá, con 1 110 habitantes.
- Entidad con mayor cantidad de municipios: Antioquia, con 125.
- Entidad con menor cantidad de municipios: San Andrés y Providencia, con 1 respectivamente.
- Promedio de municipios por entidad nacional: 33.
- Hay áreas no municipalizadas más pobladas que varios municipios de Boyacá, Cundinamarca y Santander.
Régimen administrativo
Cada municipio tiene su propia organización territorial y administrativa.
El poder ejecutivo está a cargo de un Alcalde, el cual es elegido por voto popular desde 1988, y que ejerce por un período de 4 años a partir de 2004. El alcalde nombra un gabinete compuesto por sus secretarios.
También existe un órgano coadministrador colegiado, llamado Concejo Municipal. Se trata de una corporación pública encargada de expedir Acuerdos Municipales, por los cuales se autorizan actuaciones del Alcalde Municipal o se reglamentan asuntos autorizados por la leyes nacionales. El Concejo Municipal elegido por voto popular para el mismo período que el alcalde. Los Concejos cuentan entre 7 y 21 concejales de acuerdo a la población del municipio. Es de aclarar que se trata de un órgano Administrativo y no de tipo legislativo, toda vez que la función legislativa en Colombia está centralizada en el Congreso de la República, y los acuerdos que expide el Consejo son Actos Administrativos.
El poder judicial es autónomo del ejecutivo y está representado por los juzgados municipales.
Los distritos tienen una organización similar.
Requisitos para la creación de un municipio
Los requisitos que una población debe cumplir para ser erigido en municipios son los siguientes, según las leyes 136 de 1994, 177 de 1994, 617 de 2000 y 1551 de 2012:
- El área del municipio propuesto tenga identidad, atendidas las características naturales, sociales, económicas y culturales.
- El territorio debe contar por lo menos con veinticinco mil (25 000) habitantes, y el municipio o municipios de los cuales se pretende segregar no disminuya su población por debajo de este límite señalado, según certificación del DANE. Así mismo, el nuevo municipio no podrá sustraer más de un tercio del área territorial de otro municipio del que desee segregarse.
- El municipio propuesto debe garantizar ingresos corrientes de libre destinación anuales equivalentes a veinte mil (20 000) salarios mínimos mensuales vigentes, durante un período no inferior a cuatro (4) años.
- Un estudio de conveniencia económica y social de la iniciativa y de viabilidad, elaborado por el órgano de planeación departamental.
Si el nuevo municipio cumple dichos requisitos, se pasa entonces a declararlo siguiendo los pasos:
- Obtener un concepto favorable del órgano departamental de planeación sobre la conveniencia económica y social de crear el municipio.
- Presentar un proyecto de ordenanza en la Asamblea Departamental respectiva.
- Aprobadas la ordenanza y el referendo, el gobernador del departamento debe informar a Planeación Nacional para que destine recursos del Sistema General de Transferencias durante los meses iniciales.
- En las primeras semanas los destina del presupuesto departamental.
- En decretos especiales debe convocar a elecciones para alcalde y concejo y, de ser necesario, nombrar un mandatario interino.
Cabe anotar que si se pretende crear un nuevo municipio en territorio en jurisdicción de un Distrito especial, le corresponde a las Comisiones Especiales de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, la determinación o modificación de límites de los distritos distintos al Distrito Capital de Bogotá, así como la solución de conflictos limítrofes entre un distrito y un municipio.
Tipos de municipios
En Colombia no todos los municipios se administran de la misma manera. Bogotá es el único municipio de administración directa con el gobierno nacional (sin formar parte de un departamento) se puede decir entonces que la capital del país es un departamento municipal; existen casos de otros municipios que por ejemplo, Buenaventura se administran como municipio especial: "Distrito" , es decir un municipio que sobresale de los demás, en este caso por ser el mayor puerto del pacífico colombiano, los demás municipios del país se administran de forma similar. Destacando que el departamento es un intermediario entre el gobierno central y la entidad municipal.
Municipios
Cada municipio posee una cabecera municipal, la cual es una población que suele llevar el mismo nombre del municipio y funciona como su capital. En muchas ocasiones se aplica el término "municipio" a la cabecera municipal.
Existen aproximadamente 37 casos en los que el nombre del municipio no se corresponde con el de su cabecera (véase municipios heteronominales de Colombia).
En Colombia existen otros tipos de poblaciones que no tienen estatus de municipio sino que dependen de estos. Estos tipos de poblaciones son los corregimientos y las inspecciones de policía.
La zona rural de un municipio se divide en veredas y sus zonas urbanas (cabecera municipal y corregimientos) se divide en barrios. Algunas cabeceras de grandes ciudades pueden estar divididas en comunas o localidades.
Distritos
Los distritos son municipios que tienen una o varias características que las destaca o diferencia de entre los municipios circundantes, como puede ser su importancia política, comercial, histórica, turística, cultural, industrial, ambiental, portuaria o fronteriza. Colombia posee once distritos reconocidos: Bogotá, Barrancabermeja, Barranquilla, Buenaventura, Cali, Cartagena de Indias, Medellín, Mompox, Riohacha, Santa Marta, Tumaco y Turbo.
Los distritos antes mencionados hace parte de sus respectivos departamentos, mientras que Bogotá posee una relación especial con el departamento de Cundinamarca pues este último no ejerce autoridad sobre el Distrito Capital, con lo cual Bogotá se considera una entidad de primer orden siendo autónoma e independiente del departamento. Los tribunales de Bogotá y Cundinamarca tienen jurisdicción sobre Bogotá, mas no así el gobernador ni la asamblea.
Otro tipo de segundo nivel de división administrativa
Áreas no municipalizadas
Las áreas no municipalizadas son una forma atípica de organización territorial que prevalece en algunos departamentos que antes eran intendencias y comisarías. Estas áreas corresponden a determinados centros poblados que junto a sus alrededores no pertenecen a ninguno de los municipios ya existentes, al contrario de los corregimientos cuya jurisdicción territorial está supedita a un municipio.
Las áreas no municipalizadas están coordinadas por la asamblea departamental y administradas por un corregidor designado por el gobernador del departamento al que pertenecen. A pesar de que la constitución política de 1991 no contempla esta figura, se encuentra reglamentadas por decreto presidencial. Actualmente existen 19 áreas no municipalizadas en todo el país.
Tipos de organización y agrupación
Áreas metropolitanas
Un área metropolitana es, de acuerdo al decreto 3104 de 1979 y el artículo 1 de la ley 128 de 1994, una entidad administrativa y territorial formada por un conjunto de dos o más municipios integrados alrededor de un municipio que sirve de núcleo o metrópoli. Debido a que estas entidades están vinculados entre sí por estrechas relaciones de orden físico, económico y social, por lo cual se requiere una administración coordinada para la programación de su desarrollo y la racional prestación de sus servicios públicos. En Colombia han sido configuradas y/o reconocidas unas 10 áreas metropolitanas.
Territorios con Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial
Los Territorios PDET son municipios focalizados por el gobierno de Colombia a través del Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial, a fin de lograr la implementación Acuerdos de Paz del gobierno Santos en un periodo de 10 años, articulando los esfuerzos entre los distintos niveles de Gobierno para la transformación regional. Estos territorios fueron creado por el decreto 893 de 2017 y a la fecha incluyen 170 municipios en 16 subregiones del país.
Véase también
En inglés: Municipalities of Colombia Facts for Kids
- Anexo:Municipios de Colombia, ordenados alfabéticamente
- Anexo:Capitales Departamentales de Colombia por población
- Anexo:Municipios de Colombia por población
- Anexo:Municipios de Colombia por área
- Anexo:Municipios de Colombia por Producto Interno Bruto
- Anexo:Municipios heteronominales de Colombia
- Anexo:Escudos de municipios de Colombia
- Anexo:Propuestas de nuevas subdivisiones de Colombia