Usura para niños
La usura es un término que se usa para describir el cobro de un interés o una ganancia demasiado alta por un préstamo de dinero, un bien o un servicio. Es como si alguien te prestara algo y luego te pidiera mucho más de lo que es justo a cambio.
Lo que se considera un interés "excesivo" puede cambiar. A veces, las leyes lo definen, y otras veces, los jueces deciden si un interés es demasiado alto en un caso específico.
Hace mucho tiempo, en las sociedades occidentales con influencia cristiana (hasta el siglo XVIII), cualquier cobro de interés por prestar dinero se consideraba usura, por muy pequeño que fuera el interés.
Hoy en día, muchos países de la Unión Europea tienen reglas para limitar los intereses que se pueden cobrar en los préstamos a los consumidores. Estos límites suelen estar entre el 25% y el 40% por encima del interés promedio que se cobra en el mercado para ese tipo de préstamo.
Contenido
La usura y la economía: ¿Qué es un interés justo?
El concepto de usura implica que hay un "precio justo" para prestar dinero, sin importar cuánto dinero haya disponible para prestar o cuánta gente lo necesite. Por eso, algunos gobiernos ponen límites a los intereses para proteger a las personas que piden préstamos. Sin embargo, esto a veces puede hacer que surjan mercados de préstamos "secretos" donde se cobran intereses más altos.
Otra forma de pensar es que el interés no debe depender solo de la oferta y la demanda. Por eso, algunos países han establecido un límite máximo para los intereses, al que llaman "tasa de usura".
En España, por ejemplo, existe una ley de 1908, conocida como la ley Azcárate, que dice que un contrato de préstamo es nulo (como si nunca hubiera existido) si el interés es "desproporcionado" para las circunstancias. Esto ha sido confirmado por el Tribunal Supremo de España.
El interés en las diferentes culturas y épocas
El significado de la usura ha cambiado mucho a lo largo de la historia y en distintas culturas.
Desde hace miles de años, la religión judía ha criticado esta práctica.
La usura en la antigua India
Una de las primeras menciones a la usura se encuentra en el Rig-veda, un texto muy antiguo de la India (de hace unos 3500 años). Allí se llamaba bekanāṭa a los prestamistas que cobraban intereses.
En otros textos antiguos de la India, como los Sutras y los Yatakas budistas, también se hablaba del pago de intereses con desaprobación. Un legislador de esa época, Vásishtha, incluso prohibió a las castas más altas (sacerdotes y guerreros) prestar dinero con interés.
Con el tiempo, la idea de usura evolucionó. En las Leyes de Manu (hace unos 2200 años), se decía que no se podía cobrar un interés más allá de la tasa legal, llamando a eso una forma "usuraria" de préstamo. Así, la usura pasó a ser solo el interés cobrado por encima de lo que la sociedad aceptaba.
La usura en el mundo occidental antiguo
Muchos pensadores importantes de la antigüedad, como Platón, Aristóteles, Cicerón y Séneca, condenaron la usura.
En la República romana, algunas leyes prohibieron la usura y el interés. Sin embargo, la gente seguía practicándola. Más tarde, bajo Julio César, se estableció un interés máximo del 12%, que luego bajó a entre 4% y 8% en tiempos de Justiniano I.
La usura y el cristianismo
La Iglesia católica tradicionalmente ha condenado el cobro de intereses, llamándolo "usura". Algunos pensadores religiosos decían que al cobrar intereses se estaba vendiendo el tiempo, y el tiempo no se podía vender. Para ellos, el dinero no producía por sí mismo, así que cualquier interés era usura.
La Iglesia cristiana se basó en textos del Antiguo testamento (como el Éxodo y el Deuteronomio) y una mención en el Nuevo testamento (Lucas) para prohibir los intereses.
En el Concilio de Nicea I, la Iglesia prohibió el cobro de intereses a los sacerdotes, y luego extendió esta regla a todas las personas en el siglo V.
Bajo Carlomagno (en el siglo VIII), la usura fue declarada un delito. Esta lucha contra la usura creció, y en 1311, el papa Clemente V la prohibió por completo. Las Cortes de Castilla también la prohibieron en 1348.
Sin embargo, con el tiempo, surgieron algunas excepciones y nuevas ideas dentro de la Iglesia. El surgimiento del protestantismo también influyó en este cambio, aunque líderes como Martín Lutero y Juan Calvino también tenían reservas sobre la usura.
Algunos pensadores católicos, como Martín de Azpilicueta, defendieron que cobrar intereses podía ser legítimo. Así, alrededor de 1620, la usura pasó de ser un problema moral público a una cuestión de conciencia personal. La usura se redefinió como un "interés excesivo".
Aun así, la Iglesia sigue reflexionando sobre este tema. En 1988, la Iglesia de Escocia dijo que cobrar intereses por préstamos personales y de negocios no es malo en sí mismo, pero que es difícil saber cuándo un interés es justo o excesivo.
Incluso en encíclicas papales más recientes, como la Rerum Novarum (1891) del papa León XIII, se habla de la "usura devoradora". Sin embargo, en la encíclica Sollicitudo rei socialis (1987) de Juan Pablo II, no se menciona la usura directamente, aunque sí se refiere a la crisis de la deuda de los países más pobres.
La usura y el islam
El profeta Mahoma criticó la usura, y sus enseñanzas en el Corán (alrededor del año 600) reforzaron esta crítica.
La palabra original en árabe es riba, que significa ‘exceso’ o ‘adición’, y se refiere a los intereses sobre préstamos. Los economistas islámicos creen que la prohibición del interés era un principio fundamental en el sistema económico del islam. Sin embargo, esta interpretación no fue siempre la misma en todo el mundo islámico.
En el siglo XIX, una escuela de pensamiento islámica propuso una diferencia: la usura se refería a los préstamos para consumo, mientras que el interés se refería a los préstamos para invertir en negocios.
Hoy en día, existen instituciones financieras islámicas que no cobran intereses, como en Irán, Pakistán y Arabia Saudita.
La usura y el judaísmo
La crítica a la usura en el judaísmo viene de varios pasajes del Antiguo Testamento que dicen que cobrar intereses está prohibido o no es bien visto.
En hebreo, la palabra para interés es neshekh, que significa ‘mordida’, y se cree que se refiere a cómo el interés "muerde" al deudor.
En el Éxodo y el Levítico, la prohibición se aplica solo a los préstamos a personas pobres y necesitadas. En el Deuteronomio, la prohibición se extiende a todos los préstamos, excepto a los tratos comerciales con "extranjeros".
El Talmud (un libro importante de la tradición judía) añade más prohibiciones sobre el interés, incluso para ciertos tipos de ventas o contratos.
A pesar de la prohibición, parece que esta regla no siempre se siguió en tiempos bíblicos. Algunos textos antiguos muestran que los prestamistas cobraban intereses.
Con el tiempo, se desarrolló una forma legal para cobrar intereses, llamada hetter iska, que permite formar sociedades. Esto se ha vuelto tan común que hoy en día, muchas transacciones con intereses se hacen de acuerdo con la ley hebrea, simplemente añadiendo esta frase al contrato.
La usura en las leyes de diferentes países
La usura en la Unión Europea
Varios países de la Unión Europea tienen límites para los tipos de interés, especialmente en los préstamos al consumidor. La mayoría de las leyes permiten un margen de entre el 25% y el 40% por encima del interés promedio del mercado para ese tipo de préstamo.
Por ejemplo, en Francia, se considera usura si el interés aplicado supera en un tercio el tipo promedio. El Banco de Francia publica cada mes las tasas que se consideran usurarias. En febrero de 2023, para un crédito de consumo de 5.000 euros, la tasa de usura en Francia era del 10,60%. Para los créditos para comprar una casa, se considera usura si el interés supera el 4%.
Portugal permite un margen de hasta un 25% adicional sobre el interés promedio. Dinamarca, hasta un 35%. Suecia, hasta un 40%. Alemania tiene dos criterios: el interés no debe ser el doble del interés promedio, y si el interés promedio es superior al 12%, no puede superar los 12 puntos porcentuales adicionales.
Italia permite un margen de hasta un 25% adicional al interés promedio, más cuatro puntos, siempre que la suma no supere en 8 puntos porcentuales el interés promedio del mercado.
Aunque no hay una ley común para toda la Unión Europea sobre este tema, se está discutiendo una propuesta para que los países establezcan límites máximos a los intereses.
La usura en América Latina
A menudo se escuchan historias de préstamos donde las personas terminan pagando mucho más de lo que deberían. Esto sucede porque, al no tener suficiente conocimiento sobre finanzas, acuden a estos servicios sin pensar en el daño que les puede causar en el futuro. Los intereses que se pagan pueden superar los límites legales.
La usura en Argentina
En Argentina, la usura ocurre cuando alguien se aprovecha de la falta de conocimiento, las necesidades o la inexperiencia de una persona para cobrarle intereses o pedirle ventajas que son claramente desproporcionadas. Esto está prohibido por la ley.
El Código Penal de Argentina establece que quien se aproveche de la necesidad o inexperiencia de una persona y le haga pagar intereses o dar otras ventajas desproporcionadas, puede ser castigado con cárcel de uno a tres años y una multa.
La usura en Ecuador
El Código Orgánico Integral Penal de Ecuador define la usura. Dice que la persona que preste dinero y cobre un interés mayor al permitido por la ley, será castigada con cárcel de cinco a siete años. Si el daño afecta a más de cinco personas, la pena puede ser de siete a diez años. También se castiga a quien simule un negocio para esconder un préstamo usurario.
Las tasas de interés máximas permitidas en Ecuador son establecidas por la Junta de Política y Regulación Financiera, basándose en recomendaciones del Banco Central del Ecuador.
Véase también
En inglés: Usury Facts for Kids
- Anatocismo
- Cobranza
- Interés
- Tasa de interés
- Monte de Piedad
- Capitalismo como religión
- Teoría general del empleo, el interés y el dinero