robot de la enciclopedia para niños

Fuero Reducido de Navarra para niños

Enciclopedia para niños

El Fuero Reducido de Navarra es una colección de leyes y normas antiguas de Navarra. Fue creado en el siglo XVI, después de que Navarra se uniera a la Corona de Castilla. Su objetivo era hacer más sencillo el Fuero General de Navarra, que era un conjunto de leyes mucho más antiguo, de la Edad Media.

Aunque el Fuero Reducido no fue aprobado oficialmente por el rey para ser impreso y publicado, los expertos en leyes de la época lo usaron mucho en la práctica. Es como si fuera un libro de reglas muy importante que, aunque no se publicó en su momento, ayudó a entender y aplicar las leyes.

La idea de recopilar leyes no fue algo exclusivo de Navarra. En el siglo XVI, muchos reinos de la monarquía española estaban organizando sus leyes. Esto se conoce como la época de las recopilaciones. Al organizar las leyes, también se mostraba el poder y la autoridad del rey.

El profesor Ismael Sánchez Bella ha dicho que el Fuero Reducido es muy importante para las leyes actuales de Navarra. Esto se debe a que las leyes históricas de Navarra estuvieron vigentes hasta 1973. Además, el Fuero Nuevo de Navarra, que es la colección de leyes civiles de Navarra hoy en día, dice que el Fuero Reducido es una guía principal para interpretar sus propias normas.

Datos para niños
Fuero Reducido de Navarra
MG Zabala. Recopilación 1686.jpg
Extensión territorial NavarraBandera de Navarra.svg Navarra
Hecho por Cortes del Reino de Navarra
Historia
Aprobación 1528-1538
Promulgación Sin sanción real

Historia del Fuero Reducido

¿Por qué se creó el Fuero Reducido?

En el siglo XVI, las leyes en Navarra eran muy confusas. Había muchas normas diferentes, y algunas se contradecían entre sí. Por eso, en 1511, los reyes de Navarra, Catalina I de Navarra y Juan III de Albret, pidieron a las Cortes de Navarra que hicieran algo al respecto.

Después de que Navarra se uniera a Castilla en 1515, organizar las leyes se volvió aún más importante. Era necesario que las leyes de Navarra fueran claras y distintas de las de Castilla.

El inicio del proyecto

El 28 de enero de 1514, el virrey de Navarra, Diego Fernández de Córdoba, propuso a las Cortes crear una comisión para reformar las leyes. El rey Carlos I de España (también conocido como Carlos IV de Navarra) aprobó esta idea en las Cortes de Pamplona en 1528.

El equipo encargado de esta tarea estaba formado por expertos del Consejo Real de Navarra y representantes de las Cortes. Su objetivo era reunir todas las leyes y normas de Navarra en un solo texto.

La redacción y sus desafíos

La redacción del Fuero Reducido se llevó a cabo entre 1528 y 1538. La idea era "reducir" toda la legislación en un solo volumen. Esto significaba eliminar lo que no era necesario y hacer las leyes más fáciles de entender, sin cambiar su esencia. Por eso se le llamó Fuero Reducido.

Sin embargo, el Consejo de Castilla no aprobó el texto en 1533 y 1538. Dijeron que algunas partes del Fuero Reducido ponían en duda la autoridad del rey. Además, los representantes de Navarra no querían incluir en el proyecto las órdenes del rey que no hubieran sido aprobadas por las Cortes. Estas razones políticas impidieron que el Fuero Reducido se publicara en ese momento.

En las Cortes de Tudela en 1538, se confirmó que el texto ya estaba listo. Incluso se envió una copia encuadernada en terciopelo al rey Felipe II de España.

Intentos posteriores y publicación

A mediados del siglo XVI, hubo un segundo intento de recopilar las leyes, con la participación de figuras como Pedro de Pasquier.

En las Cortes de Tudela de 1565, se volvió a pedir la aprobación e impresión del Fuero Reducido. Se acordó revisarlo, teniendo en cuenta las objeciones del Consejo de Castilla de 1538. En 1567, las Cortes de Estella confirmaron que el texto había sido revisado por varios expertos.

Durante todo el siglo XVI, el manuscrito del Fuero Reducido fue un tema importante en los debates entre el reino y el rey. Se quería imprimir las leyes de Navarra, pero había problemas, como la falta de imprentas. Además, la Corona española tenía reservas porque algunas leyes antiguas no encajaban con el creciente poder del rey en la época moderna.

A pesar de los problemas iniciales, los juristas del Consejo Real de Navarra valoraron mucho el Fuero Reducido. Lo consultaban y lo comparaban con otras leyes. Finalmente, en 1686, fue impreso en un volumen llamado Fueros del Reino de Navarra desde su creación hasta su feliz unión con el de Castilla y recopilación de las leyes promulgadas desde dicha unión hasta el año 1685. Esta fue la primera vez que se imprimió el "Fuero" original, que se había desarrollado lentamente desde el siglo XIII.

Archivo:Paulino Longás. Fueros (1815)
Fueros del Reyno de Navarra desde su creación hasta su feliz unión con el de Castilla (edición de 1815)
Archivo:Urnas de votación de las Cortes de Navarra. Palacio de Navarra
Urnas de votación de las Cortes de Navarra. Palacio de Navarra
Archivo:Collage del Fuero General de Navarra
Collage del Fuero General de Navarra
Archivo:Stemma codicológico del Fuero Reducido de Navarra
Stemma codicológico del Fuero Reducido de Navarra

Manuscritos del Fuero Reducido

Existen varias copias manuscritas del Fuero Reducido, que son muy importantes para conocer su contenido.

Manuscrito A (1528-1538)

Este fue el manuscrito original, creado entre 1528 y 1538. Las Cortes de Tudela de 1538 dispusieron que se hiciera una copia y que el original se guardara en el monasterio de Leyre. Más tarde, en 1557, el original fue entregado al virrey y llevado al Archivo del Reino. Se cree que este manuscrito fue el que se envió al rey Felipe II en 1568.

Manuscrito B (1538-mediados del siglo XVI)

También conocido como el manuscrito del Condestable, fue la primera copia del original. Se guardó en el palacio del Condestable de Navarra. Este manuscrito está en pergamino y, aunque ha sido restaurado, algunas partes son difíciles de leer. Fue escrito con una letra elegante y tiene una estructura similar al Fuero General.

Manuscrito C (1570)

Este manuscrito, conocido como el manuscrito del Lic. Castillo, está en papel. Tiene una letra grande y algunas decoraciones. Incluye una tabla de contenidos y un índice alfabético. En este manuscrito se indica que fue copiado en 1570.

Manuscrito D (posterior a 1580)

Este manuscrito está en papel y tiene una letra similar a la que se usaba en la Corte de Castilla. Se titula "Fuero Reduzido por mandato de los Tres Estados deste Reyno de Navarra". Se conserva en el Archivo Real y General de Navarra. Aunque no tiene una fecha exacta, se estima que es posterior a 1580.

Contenido del Fuero Reducido

El Fuero Reducido está organizado en seis libros y contiene 815 leyes. Casi la mitad de estas leyes provienen del antiguo Fuero General de Navarra. Actualmente, se conservan cinco manuscritos de este texto en el Archivo Real y General de Navarra.

Libro I: Leyes sobre el gobierno

Este libro trata principalmente sobre el derecho público, es decir, las leyes que regulan el gobierno y la relación entre el rey y el reino.

El primer capítulo, que era muy importante, hablaba de lo que el rey debía jurar a los navarros antes de que ellos le juraran lealtad. Por ejemplo, el rey debía perdonar a los desterrados y no sacar tropas del reino sin el consejo de los nobles y sabios de Navarra.

También se mencionan las primeras leyes del Fuero General, que decían que el rey debía respetar las leyes de Navarra, no empeorarlas, y no nombrar a más de cinco personas "extranjeras" (no navarras) para cargos públicos importantes.

Otras leyes de este libro se refieren a:

  • La nobleza, el clero y sus derechos.
  • La preferencia de los navarros sobre los extranjeros en ciertos asuntos.
  • La asignación de cargos públicos (como abogados, alcaldes, notarios).
  • El control de las cuentas por la Cámara de Comptos y los impuestos.
  • El mantenimiento de privilegios locales, como los de Estella o Tudela.

Libro II: Cómo funciona la justicia

Este libro se ocupa del derecho procesal, que explica cómo funcionan los juicios y la administración de justicia. Es una de las partes más novedosas del Fuero Reducido en comparación con las leyes anteriores.

Describe el Consejo Real de Navarra, la Corte Mayor de Navarra y la Cámara de Comptos de Navarra, que eran los principales tribunales. Explica cómo estaban formados, cómo funcionaban y qué asuntos podían resolver.

También se mencionan otros aspectos, como:

  • Los jueces locales y otras personas relacionadas con la justicia.
  • Las diferentes etapas de un juicio.
  • Las jurisdicciones civil (asuntos entre personas) y eclesiástica (asuntos de la Iglesia).

Libros III y IV: Leyes civiles

Estos libros tratan sobre el derecho civil, que regula las relaciones entre las personas.

El libro tercero se enfoca en el derecho de familia y el derecho de sucesiones (herencias). Incluye algunas novedades respecto al Fuero General, como las normas sobre los bienes que se adquieren durante el matrimonio o los derechos de los hijos adoptados.

El libro cuarto se dedica a las leyes sobre obligaciones y contratos, es decir, los acuerdos que las personas hacen entre sí.

Libro V: Leyes locales

Este libro aborda temas relacionados con el derecho local o municipal, que son las normas de las ciudades y pueblos. Por ejemplo, cómo se adquiere la condición de vecino, las ordenanzas municipales, el uso de tierras comunales o las construcciones.

Libro VI: Leyes penales

Este libro se dedica al derecho penal, que establece los delitos y sus castigos. Una novedad importante es que se eliminan las antiguas "ordalías" o "juicios de Dios", que eran prácticas muy antiguas y ya no se usaban en el siglo XVI.

Véase también

kids search engine
Fuero Reducido de Navarra para Niños. Enciclopedia Kiddle.