Legislación sobre derechos LGBT en el mundo para niños
Las leyes que afectan a las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT) varían bastante según el país o territorio, desde el reconocimiento legal hasta la pena de muerte como castigo.
En 2011, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó su primera resolución histórica que reconoce los derechos de las personas LGBT, que fue seguida de un informe que documenta las violaciones de los derechos humanos basadas en la orientación y la identidad de género. A raíz del informe, se instó a todos los países que aún no lo habían hecho a promulgar leyes que protejan los derechos básicos de personas LGBT.
Hasta junio de 2023, 36 países, la mayoría de ellos ubicados en América y Europa, reconocen el matrimonio entre personas del mismo sexo. Estos son: Alemania, Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Islandia, Irlanda, Luxemburgo, Malta, México, Nepal, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Taiwán y Uruguay. El 28 de junio de 2023, el Tribunal Supremo de Nepal ordenó el registro de matrimonios entre parejas del mismo sexo hasta que se modifique la ley existente. La ley en Estonia entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Algunos países ofrecen otras formas de protección legal a parejas del mismo sexo, a veces simultáneamente con el reconocimiento del matrimonio igualitario. El nombre legal de estas uniones, así como la cantidad de derechos que proporcionan, pueden variar considerablemente. Históricamente, estas formas de reconocimiento de uniones han sido alcanzados previamente al matrimonio entre personas del mismo sexo.
Prohibición del matrimonio
Distribución geográfica
- África
- Burundi (desde 2005)
- Burkina Faso (desde 1991)
- República Centroafricana (desde 2016)
- República Democrática del Congo (desde 2005)
- Ruanda (desde 2003)
- Sudán del Sur (desde 2011)
- Uganda (desde 2005)
- Kenia (desde 2010)
- Zimbabue (desde 2013)
- América
- Bolivia (desde 2009)
- Honduras (desde 2005)
- Jamaica (desde 1962)
- Paraguay (desde 1992)
- Reino Unido:
- Islas Caimán (desde 2009)
- Islas Turcas y Caicos (desde 2011)
- Montserrat (desde 2010)
- República Dominicana (desde 2010)
- Venezuela (desde 1999): la Constitución de 1999 blinda el «matrimonio entre un hombre y una mujer» (art. 77); en 2008, el Tribunal Supremo de Justicia —interpretando los artículos 21 (cardinal 1) y 77, en conjunción con los artículos 19, 20 y 22— indicó que no es inconstitucional el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero no ordenó ningún cambio, indicando que era cuestión de reserva legal, por lo que debía ser reglamentado por el legislador.
- Europa
- Bielorrusia (desde 2012)
- Bulgaria (desde 1991)
- Croacia (desde 2013)
- Eslovaquia (desde 2014)
- Hungría (desde 2012)
- Letonia (desde 2006)
- Lituania (desde 1992)
- Montenegro (desde 2007)
- Moldavia (desde 1994)
- Polonia (desde 1997)
- Ucrania (desde 1996)
Adopción homoparental
La homosexualidad ha sido despenalizada en algunos países occidentales pero en la mayoría aún se les niega el derecho al matrimonio y la adopción.
En lo que respecta a la regulación dentro del derecho civil, la adopción homoparental consiste en que un niño pueda ser adoptado, y así, legalmente sea hijo de los dos miembros de una pareja compuesta por dos personas del mismo sexo aunque no es término válido en la mayoría de las legislaciones.
Croacia e Israel no tienen una figura jurídica como lo es el matrimonio igualitario, pero permiten la adopción conjunta, mientras que Ecuador al tener legalizado el matrimonio igualitario sigue sin la posibilidad de acceder a la adopción conjunta.
Los siguientes treinta y cinco países permiten la adopción homoparental conjunta plena en todo su territorio:
- 1 Países Bajos (2001) (Válido en todo el territorio excepto en: Aruba, Curazao y Sint Maarten):
- Caribe Neerlandés (2012) Los certificados de matrimonio (y por ende adopciones) tramitados en Países Bajos son reconocidos en Aruba (2012), Curazao (2012) y Sint Maarten (2012). Sin embargo, estas jurisdicciones no autorizan ni el matrimonio ni la adopción, solo se limitan a reconocerlos por mandato de la Suprema Corte del Reino de los Países Bajos.
- 5 España (2005)
- 14 Reino Unido (A nivel nacional desde 2013) (Válido en todo el territorio excepto en: Anguila, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas y Montserrat):
- Isla de Man (2012)
- Jersey (2012)
- Gibraltar (2014)
- Bermudas (2015)
- Islas Pitcairn (2015)
- Guernsey (2017)
- Islas Malvinas (2017)
- Santa Elena, Ascensión y Tristán de Acuña (2017)
- Islas Caimán (2020)
- 15 Francia (2013):
- Territorios Franceses: Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Martín, San Pedro y Miquelón, Tierras Australes Francesas (2013)
- Departamentos de Ultramar: Guadalupe, Guayana Francesa, Martinica, Mayotte, Reunión (2013)
- 26 Estados Unidos (A nivel nacional desde 2017) (Válido en todo el territorio excepto en Samoa Americana):
- 34 Taiwán(2023)
- 36 México (Válido en Ciudad Capital-18/31 estados):
- CDMX (2010);
- Estados: Coahuila (2014); Jalisco (2016); Campeche (2016); Colima (2016); Michoacán (2016) Morelos (2016); Veracruz (2016); Baja California (2017); Chihuahua (2017); Querétaro (2017); Puebla (2018); Chiapas (2018); Nayarit (2019); Aguascalientes (2019); Hidalgo (2019); Nuevo León (2019); San Luis Potosí (2019)
Los siguientes países permiten la adopción por parte de una persona LGBT del hijo biológico y/o adoptado del cónyuge (unido en unión civil o matrimonio):
Además algunos países reconocen la adopción del hijo del cónyuge pero sin una ley clara y que requiere ir ante tribunales, por lo que realmente son fallos a favor que requieren mucho tiempo en ser resueltos.
- Italia: Ninguna ley permite la adopción del hijo de uno de los cónyuges, pero ha habido una importante actividad judicial en este aspecto en los últimos años. En 2016, se resolvieron favorablemente los casos de adopción de la hija biológica de una cónyuge lesbiana y otro caso de un segundo padre mediante subrogación. En septiembre de 2018, el Tribunal de Apelación de Bolonia también confirmó una orden de adopción otorgada en los Estados Unidos sobre la base de que ello redundaba en el interés superior del niño, por lo que aún se requiere ir a estancias judiciales al no haber una ley clara.
- República Checa: En junio de 2016, el Tribunal Constitucional dictaminó que las personas que viven en uniones registradas (independientemente de su género) no deberían tener impedimentos para adoptar niños como individuos. Sin embargo, la adopción conjunta y la adopción del hijo del cónyuge por parte de parejas del mismo sexo siguen siendo ilegales hasta la fecha.
- Tailandia: En julio de 2020, el gabinete tailandés aprobó un proyecto de ley sobre las uniones civiles entre personas del mismo sexo, que será examinado por el parlamento. El proyecto de ley contiene disposiciones que permiten la adopción conjunta y la adopción del hijo de uno de los cónyuges por parejas del mismo sexo.
Véase también
- Delito de odio
- Principios de Yogyakarta