Habeas corpus para niños
El habeas corpus (castellanizado como hábeas corpus, hasta 2010, ahora considérese errónea) es una institución jurídica que obliga a que toda persona detenida sea presentada en un plazo preventivo determinado ante el juzgado pertinente, quien podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto.
Este término proviene del latín habeas corpus [ad subiciendum] ‘que tengas [tu] cuerpo [para exponer]’, "tendrás tu cuerpo libre", siendo habeas la segunda persona singular del presente de subjuntivo del verbo latino habēre (‘tener’). O puede ser llamado igualmente como "cuerpo presente".
La institución del habeas corpus permite evitar arrestos, detenciones arbitrarias, así como otros tratos crueles y degradantes (véase terrorismo de estado y ley de fugas), asegurando los derechos básicos no solo de ser escuchado por la justicia y saber de qué se le acusa, sino de ser retenido por un tiempo razonable en condiciones tales que esté alimentado, sano y, por descontado, vivo y con derecho a reclamar la asistencia y protección de un abogado pagado o de oficio. También puede decirse que tutela los derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que pueda vulnerar dichos derechos.
Contenido
Origen y objeto de esta institución
Aunque el habeas corpus como acción o remedio en la forma y desarrollo con que existe hoy como institución no existió en Roma, las palabras latinas con que se le denomina denotan que su origen proviene del derecho romano. En la época de los pretores y con el nombre de «Interdicto» ya era designado en las Pandectas bajo el título de Homine libero exhibendo y los compiladores de dicho cuerpo legal romano transcribían un comentario del jurisconsulto Ulpiano, que decía:
Este remedio se ha instituido para proteger la libertad personal a fin de que ninguna persona libre natural fuere detenida.
La palabra persona libre incluía a cualquier niño o adulto, hombre o mujer, sea uno o sean varios, que eran sui iuris,. De ahí se deduce que este remedio era para devolver la condición de persona libre a aquella a quien se hubiese intentado convertir en esclava sin motivos legales. Es decir, con este interdicto ya se devolvía la libertad a aquellos a quienes se les privaba de ella con una .... ilegal.
Su adopción en Inglaterra
El primer documento que establece la necesidad de justificar la detención de un súbdito —bajo las restricciones siguientes: mediante un proceso público, controlado y solo por voluntad del Monarca— fue la Carta Magna, conocida como Magna Carta Libertatum, elaborada después de tensas y complicadas reuniones en Runnymede (Surrey) entre nobles normandos y la realeza inglesa. Después de muchas luchas y discusiones entre los nobles, finalmente el rey Juan I o Juan Sin Tierra sancionó la Carta Magna en Londres el 15 de junio de 1215.
El primer registro del uso de este recurso contra una autoridad establecida data de 1305, durante el reinado de Eduardo I de Inglaterra, cuando se exigió al rey que rindiera cuentas de la razón por la cual la libertad de un sujeto era restringida donde quiera que esta restricción se aplicara.
Más tarde se convertiría en la ley del Habeas Corpus de 1640, aunque no sería hasta la ley del habeas corpus de 1679 que se establece los procedimientos correspondientes. La institución del Habeas corpus estaba concebida como una forma de evitar agravios e injusticias cometidas por los señores feudales contra sus súbditos o personas de clase social inferior.
Su adopción en España
En el derecho histórico español aparece como el denominado «recurso de manifestación de personas» del Reino de Aragón en el Fuero de Aragón de 1428, y en las referencias que sobre presuntos supuestos de detenciones ilegales se contienen en el Fuero de Vizcaya de 1527. La Inquisición no permitía este derecho al procesado: el reo no podía saber de qué se le acusaba; en el ámbito de la ley civil de las monarquías absolutistas, tampoco si se ejercía la llamada lettre de cachet u orden reservada, que situaba al reo en un limbo legal.
Bien jurídico que tutela
En el derecho comparado, el habeas corpus, tutela dos derechos fundamentales: la libertad individual relativa a su libertad de movimiento y, por tanto, a no ser objeto de detenciones arbitrarias; y el derecho a la integridad personal, a no ser objeto de daños en su persona. En ese sentido, tiene como propósito el reponer las cosas al estado anterior a la privación, perturbación o amenaza de dichos derechos; por lo cual tiene un carácter sumario (urgente) y potencialmente eventual, en tanto se autoriza desde que aparece posible una violación eventual a estos derechos, para evitar que la violación se torne irreparable. Lógicamente, de tornarse irreparable la violación, la acción de garantía pierde su objeto (sustracción de la materia)
El habeas corpus mundial
Diversas organizaciones promueven entre sus principios el derecho de acceder al habeas corpus mundial (establecimiento de una jurisdicción que abarcaría todas las naciones y todo el territorio del planeta Tierra) como parte fundamental de los derechos humanos. Asimismo, sobre la realidad de las diversas legislaciones nacionales y acuerdos internacionales existentes, estas organizaciones promueven la aplicación del habeas corpus a los detenidos sin motivación legal.
Entre esas organizaciones se encuentra Amnistía Internacional y Human Rights Watch. Entre sus promotores está el abogado Luis Kutner, creador del movimiento por un habeas corpus mundial "World Hábeas Corpus".
Véase también
En inglés: Habeas corpus Facts for Kids
- Manifestación de personas
- Habeas data
- Recurso de amparo
- Lenguaje administrativo
- Luis Kutner
- Convención Europea de Derechos Humanos
- Precrimen
- Principio de presunción de inocencia