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Convención sobre los Derechos del Niño para niños

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La Convención sobre los Derechos del Niño (conocida como CDN) es un acuerdo muy importante de las Naciones Unidas. Fue firmado el 20 de noviembre de 1989 y empezó a funcionar el 2 de septiembre de 1990. Este acuerdo dice que los niños tienen los mismos derechos que los adultos. También destaca que, por no haber crecido del todo, los niños necesitan una protección especial.

Es el primer acuerdo internacional que junta en un solo texto los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de los niños. Los países que firman la Convención se comprometen a cumplirla. Esto significa que deben adaptar sus leyes para proteger los derechos de cada niño. La Convención tiene 54 artículos que aseguran la protección de los niños por parte de la sociedad y el Estado.

¿Por qué es importante esta Convención?

Por primera vez, la Convención reconoce a los niños como personas con derechos propios. Al mismo tiempo, dice que los adultos tienen la responsabilidad de proteger esos derechos.

Es muy importante que sea una "Convención" y no solo una "Declaración". Esto significa que los países que la firman tienen la obligación de hacer que se cumpla. Una "Declaración", como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, solo presenta principios.

Además, la Convención sobre los Derechos del Niño es el acuerdo internacional que más países han firmado. Actualmente, 196 países la han ratificado. Esto incluye a casi todos los países reconocidos por las Naciones Unidas, excepto Estados Unidos. Somalia la ratificó en octubre de 2015.

Principios clave de la Convención

La Convención se basa en tres ideas principales, como todos los acuerdos de derechos humanos:

  • Los derechos son universales: son para todos los niños del mundo.
  • Son indivisibles: ningún derecho es más importante que otro.
  • Son interdependientes: el cumplimiento de un derecho depende de que se cumplan los demás.

Además de estos, la Convención tiene cuatro principios específicos que son muy importantes:

  • El interés superior del niño: siempre se debe pensar en lo mejor para el niño.
  • El derecho a la no discriminación: todos los niños deben ser tratados por igual.
  • El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo.
  • El derecho a la libertad de expresión y a ser escuchado.

Estos principios son tan importantes que el Comité de los Derechos del Niño los considera "principios generales". Son derechos en sí mismos y también guían la interpretación de todos los demás derechos de la Convención.

¿Qué significa "niño" para la Convención?

Según la Convención, se considera niño a toda persona menor de dieciocho años. Esto es así a menos que, por la ley de su país, haya alcanzado la mayoría de edad antes.

La Convención en América Latina

Todos los países latinoamericanos han ratificado la Convención. La importancia que cada país le da a la Convención en sus leyes es clave. Esto afecta cómo se aplica dentro de su sistema jurídico.

El valor legal de la Convención depende de su posición frente a la Constitución Nacional. La Constitución es la ley más importante de un país. Ella establece cómo deben vivir los ciudadanos y cómo deben actuar los gobiernos para proteger los derechos de las personas.

El rango más alto que un país puede darle a la Convención es el supraconstitucional. Esto significa que el acuerdo internacional está por encima de la ley más importante. Luego está el rango constitucional, donde la Convención tiene la misma importancia que la Constitución. Si la Convención tiene rango supralegal, sus principios prevalecen si una ley interna los contradice. Si tiene rango legal, tiene el mismo valor que cualquier otra ley común.

En América Latina, solo Guatemala le da a la Convención un rango supraconstitucional. Argentina, República Dominicana, Colombia, Venezuela y México le han dado rango constitucional. Bolivia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras y Paraguay la consideran supralegal. Finalmente, Chile, Cuba, Nicaragua, Panamá, Perú y Uruguay le han dado rango legal.

Historia de la Convención

Archivo:Homenaje de la Junta Municipal del Distrito de Salamanca al XXX Aniversario de la Declaración de los Derechos del Niño
Homenaje de la Junta Municipal del Distrito de Salamanca al XXX Aniversario de la Declaración de los Derechos del Niño

La historia de la protección de los derechos de los niños es larga. En 1919, Eglantyne Jebb fundó Save the Children Fund en Londres para ayudar a los niños afectados por la guerra.

En 1924, la Sociedad de las Naciones adoptó la Declaración de Ginebra. Este fue un texto histórico que reconoció por primera vez que los niños tienen derechos específicos. También destacó la responsabilidad de los adultos hacia ellos.

Más tarde, en 1948, la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Esta declaración incluía los derechos de los niños de forma implícita. Sin embargo, se vio que las necesidades especiales de los niños debían ser protegidas de forma más clara. Por eso, en 1959, se aprobó la Declaración de los Derechos del Niño, que tiene 10 artículos.

Estos acuerdos fueron los principales pasos antes de la Convención:

Año Acuerdo Número de artículos
1924 Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño 5
1948 Declaración Universal de los Derechos Humanos (los menciona de forma general) 30
1959 Declaración de los Derechos del Niño 10
1989 Convención sobre los Derechos del Niño 54

Protocolos adicionales

La Convención se complementa con otros acuerdos llamados "protocolos facultativos". Estos son:

  • Un protocolo sobre la venta de niños y la utilización de niños en material inapropiado. Entró en vigor el 18 de enero de 2002.
  • Un protocolo sobre la participación de niños en los conflictos armados. Entró en vigor el 12 de febrero de 2002.
  • Un protocolo sobre cómo presentar quejas si los derechos de un niño no se cumplen. Entró en vigor el 14 de abril de 2014.

También se han propuesto otros protocolos. Por ejemplo, en 2020, una comisión de The Lancet-OMS-UNICEF sugirió un protocolo para proteger a los niños de la publicidad de productos dañinos. En 2022, expertos en educación propusieron un cuarto protocolo para asegurar el derecho a la educación preescolar y secundaria gratuita.

Observaciones generales: ¿Cómo se interpreta la Convención?

El Comité de los Derechos del Niño crea documentos llamados "Observaciones Generales". Estos documentos ayudan a entender y aplicar correctamente los derechos de los niños según la Convención. La Convención es un documento "vivo", lo que significa que su aplicación debe revisarse constantemente.

Estas observaciones abordan temas que necesitan más atención o donde hay errores de interpretación. También tratan nuevos problemas que preocupan.

Se han publicado 26 Observaciones Generales sobre temas como la educación, la salud, los niños migrantes, la protección contra castigos físicos, los derechos de niños con discapacidad, la justicia juvenil, los derechos de los niños indígenas, el derecho a participar, el derecho a no sufrir violencia, el derecho al juego, y los derechos de los niños en relación con el medio ambiente y el cambio climático.

Seguimiento del cumplimiento de la Convención

Los países que firmaron la Convención deben presentar informes al Comité de los Derechos del Niño. En estos informes explican qué medidas han tomado para cumplir los derechos de la Convención y qué avances han logrado.

También deben mencionar las dificultades que enfrentan para cumplir sus obligaciones. El primer informe se entrega dos años después de que la Convención entre en vigor para ese país. Después, se presenta un informe cada cinco años. Los países también tienen la obligación de compartir estos informes con sus ciudadanos.

Informes de los países

Algunos ejemplos de cuándo se presentaron los últimos informes de algunos países:

  • España: 20 de mayo de 2008.
  • Argentina: 2018.
  • Costa Rica: 2009.
  • Ecuador: 2008.
  • México: 2004.
  • Paraguay: 2008.
  • Bolivia: 2008.
  • Colombia: 2014.
  • República Dominicana: 2004.

Informes complementarios de la sociedad civil

Además de los informes de los gobiernos, el Comité de los Derechos del Niño también recibe "informes complementarios". Estos son documentos elaborados por organizaciones de la sociedad civil. En ellos, analizan de forma crítica los informes oficiales del gobierno.

El Comité acepta estos informes gracias al artículo 45 de la Convención. Este artículo permite al Comité pedir ayuda a otras organizaciones para entender cómo se aplica la Convención.

Informes complementarios de España

La Plataforma de Organizaciones de Infancia presentó un informe complementario sobre la aplicación de la Convención en España. Entre sus preocupaciones, destacaron:

  • La necesidad de revisar las edades mínimas para ciertos actos legales de niños.
  • Los recursos limitados del Observatorio de la Infancia.
  • Las diferencias de recursos entre las distintas regiones de España.
  • La dificultad para saber cuánto dinero se destina realmente a la infancia.
  • El miedo a que la crisis económica reduzca las inversiones en niños.
  • La falta de un sistema para recoger y analizar información sobre la infancia.
  • La poca difusión y conocimiento de la Convención, y la falta de materiales fáciles de entender para los niños.
  • El desconocimiento del derecho de participación infantil.
  • La falta de dinero para evaluar los contenidos de medios de comunicación e internet.
  • La falta de programas preventivos para familias.
  • La ausencia de un procedimiento claro para determinar el interés superior del niño.
  • El alto porcentaje de niños en España que viven en situación de pobreza.
  • Los cambios en la educación sin evaluaciones previas.

Nuevas leyes para proteger a la infancia

Cuando un país adopta la Convención, debe incluirla en sus propias leyes. Las "leyes de protección integral" o "códigos de la infancia" regulan todas las normas que afectan a los derechos de los niños. Crear estas leyes es un gran paso para construir un sistema que proteja los derechos de los niños. No se trata solo de firmar la Convención, sino de interpretarla y crear los procedimientos, asignar recursos y establecer las reglas para cumplir los derechos de los niños en cada país.

En América Latina, pasó un tiempo entre la firma de la Convención y la creación de estas nuevas leyes. Este proceso se aceleró a finales de los años 90 y principios de los 2000. Esto se debió en gran parte al trabajo de las organizaciones de la sociedad civil y algunos organismos internacionales.

Un caso importante: Guatemala

Un evento clave en la relación del Estado con la infancia fue la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso "Niños de la Calle" Villagrán Morales y otros contra Guatemala. Fue la primera vez que la Corte Interamericana dictaminó en un caso por la violación de los derechos de los niños.

En junio de 1990, cinco niños que vivían en la calle en la ciudad de Guatemala fueron secuestrados, maltratados y asesinados por fuerzas de seguridad del Estado. Después de varios intentos fallidos de llevar el caso a juicio en Guatemala, la denuncia fue presentada a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En 1999, la Corte decidió por unanimidad que el Estado de Guatemala era responsable. Había violado derechos importantes como el derecho a la vida, la integridad física, la libertad personal y los derechos del niño. El 26 de mayo de 2001, la Corte ordenó a Guatemala compensar a las familias, castigar a los culpables y adaptar sus leyes. El Código de los Menores, que estaba vigente desde 1979, fue eliminado. Cuatro años después del fallo, el 4 de junio de 2003, entró en vigor la Ley de Protección Integral de Niñez y Adolescencia. Este caso tan importante mostró la necesidad de cambiar la forma en que el Estado se relaciona con la infancia y la importancia de la Convención. A partir de entonces, muchos países comenzaron a adaptar sus leyes a los principios de la Convención.

Observaciones finales

Después de recibir los informes de los países, el Comité puede hacer sugerencias y recomendaciones generales.

Observaciones finales a España

El último informe de Observaciones del Comité sobre España se publicó el 3 de noviembre de 2009. Este documento reconoció algunos avances, pero también destacó aspectos importantes como:

  • La falta de coordinación entre las diferentes regiones.
  • La falta de datos estadísticos confiables sobre la infancia en España.
  • La situación de los menores extranjeros no acompañados.
  • La situación de los niños en los centros de protección.
  • Las tasas de fracaso escolar o de pobreza infantil.

Observaciones finales a Argentina

El último informe de Observaciones del Comité sobre Argentina se publicó el 7 de junio de 2018. Señaló áreas donde el Estado debe tomar medidas urgentes: el derecho a la supervivencia y al desarrollo, la violencia institucional, la explotación de niños, los niños sin un entorno familiar, el nivel de vida y la justicia juvenil.

Entre las recomendaciones del Comité se encuentran:

  • Nombrar un Defensor del Niño y alinear las leyes locales con las nacionales.
  • Asegurar que todos los niños y adolescentes tengan acceso igualitario a vivienda, educación, protección social y atención médica.
  • Tomar medidas para reducir la mortalidad infantil.
  • Alinear las leyes de justicia juvenil con la Convención, asegurando que la detención de niños sea el último recurso y que se analice el impacto en su salud mental.
  • Intensificar los esfuerzos para eliminar el trabajo infantil y la explotación de niños.
  • Desarrollar políticas públicas para proteger a niños y adolescentes en situación de calle, migrantes y refugiados.

Argentina presentará un nuevo informe al Comité en el año 2023.

Galería de imágenes

Véase también

Kids robot.svg En inglés: Convention on the Rights of the Child Facts for Kids

  • Día del Niño
  • Declaración Universal de Derechos Humanos
  • Carta Internacional de Derechos Humanos
  • Comité de los Derechos del Niño
  • Asociación Española de Pediatría
  • Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria
  • Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso
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