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Parentesco para niños

Enciclopedia para niños

El parentesco tiene diferentes acepciones dependiendo desde el punto de vista que se le observe:

  1. Sentido biológico: "...relaciones de sujetos que descienden unos de otros o de un mismo tronco común y que, además comparten una misma carga genética."
  2. Sentido jurídico: "Vínculo jurídico existente entre las personas que descienden de un mismo progenitor(parentesco de consanguinidad); entre el marido y los parientes de la mujer y entre la mujer y los del marido (parentesco de afinidad) y entre el adoptante y el adoptado (parentesco civil)."

Concepto

En sentido estricto, es el vínculo que une a las personas que descienden unas de otras o que tienen un ascendiente común, esto es, que se hallan unidas por una comunidad de sangre. En sentido amplio, parentesco es la relación o unión de varias personas por virtud de la naturaleza o la ley. En particular, se puede señalar que el parentesco es común en todas las familias del mundo.

(...) es el nexo jurídico que existe entre los descendientes de un progenitor común, entre un cónyuge y los parientes de otro consorte, o entre el adoptante y el adoptado.
Gallegos, 2006, pág. 65

Parentesco entre generaciones

Misma generación

X Parentesco Parentesco Parentesco
persona esposa cuñada prima política
esposo cuñado primo político
hija hija sobrina sobrina segunda
hijo hijo sobrino sobrino segundo
hija hijastra sobrinastra sobrinastra segunda
hijo hijastro sobrinastro sobrinastro segundo
madre suegra
padre suegro
hermana cuñada
hermano cuñado
sobrina sobrina política
sobrino sobrino político
abuela abuela política (prosuegra)
abuelo abuelo político (prosuegro)
tía tía política
tío tío político
prima prima política
primo primo político
sobrina segunda sobrina segunda política
sobrino segundo sobrino segundo político
bisabuela bisabuela política (absuegra)
bisabuelo bisabuelo político (absuegro)
tía-abuela tía-abuela política
tío-abuelo tío-abuelo político
tía segunda tía segunda política
tío segundo tío segundo político
prima segunda prima segunda política
primo segundo primo segundo político
sobrina tercera sobrina tercera política
sobrino tercero sobrino tercero político
tatarabuela tatarabuela política
tatarabuelo tatarabuelo político
tía-bisabuela tía-bisabuela política
tío-bisabuelo tío-bisabuelo político
tía-abuela segunda tía-abuela segunda política
tío-abuelo segundo tío-abuelo segundo político
tía tercera tía tercera política
tío tercero tío tercero político
prima tercera tía tercera política
primo tercero primo tercero político
sobrina cuarta sobrina cuarta política
sobrino cuarto sobrino cuarto político

Primera generación

X Parentesco Parentesco Parentesco Parentesco
persona madre madrastra tía política tía segunda política
padre padrastro tío político tío segundo político
hija hermana media-hermana prima prima segunda
hijo hermano medio-hermano primo primo segundo
hija media-hermana hermanastra primastra primastra segunda
hijo medio-hermano hermanastro primastro primastro segundo
madre abuela abuelastra
padre abuelo abuelastro
hermana tía tíastra
hermano tío tíastro
sobrina prima primastra
sobrino primo primastro
abuela bisabuela bisabuelastra
abuelo bisabuelo bisabuelastro
tía tía-abuela tía-abuelastra
tío tío-abuelo tío-abuelastro
prima tía segunda tíastra segunda
primo tío segundo tíastro segundo
sobrina segunda prima segunda primastra segunda
sobrino segundo primo segundo primastro segundo
bisabuela tatarabuela tatarabuelastra
bisabuelo tatarabuelo tatarabuelastro
tía-abuela tía-bisabuela tía-bisabuelastra
tío-abuelo tío-bisabuelo tío-bisabuelastro
tía segunda tía-abuela segunda tía-abuelastra segunda
tío segundo tío-abuelo segundo tío-abuelastro segundo
prima segunda tía tercera tíastra tercera
primo segundo tío tercero tíastro tercero
sobrina tercera prima tercera primastra tercera
sobrino tercero primo tercero primastro tercero
tatarabuela trastatarabuela trastatarabuelastra
tatarabuelo trastatarabuelo trastatarabuelastro
tía-bisabuela tía-tatarabuela tía-tatarabuelastra
tío-bisabuelo tío-tatarabuelo tío-tatarabuelastro
tía-abuela segunda tía-bisabuela segunda tía-bisabuelastra segunda
tío-abuelo segundo tío-bisabuelo segundo tío-bisabuelastro segundo
tía tercera tía-abuela tercera tía-abuelastra tercera
tío tercero tío-abuelo tercero tío-abuelastro tercero
prima tercera tía cuarta tíastra cuarta
primo tercero tío cuarto tíastro cuarto
sobrina cuarta prima cuarta primastra cuarta
sobrino cuarto primo cuarto primastro cuarto

Segunda generación

X Parentesco Parentesco Parentesco Parentesco
persona abuela abuelastra tía-abuela política tía-abuela segunda política
abuelo abuelastro tío-abuelo político tío-abuelo segundo político
hija tía media-tía tía segunda tía tercera
hijo tío medio-tío tío segundo tío tercero
hija media-tía tíastra tíastra segunda tíastra tercera
hijo medio-tío tíastro tíastro segundo tíastro tercero
nieta media-prima primastra primastra segunda primastra tercera
nieto medio-primo primastro primastro segundo primastro tercero
nieta prima media-prima prima segunda prima tercera
nieto primo medio-primo primo segundo primo tercero
madre bisabuela bisabuelastra
padre bisabuelo bisabuelastro
hermana tía-abuela tía-abuelastra
hermano tío-abuelo tío-abuelastro
sobrina tía segunda tíastra segunda
sobrino tío segundo tíastro segundo
sobrina-nieta prima segunda primastra segunda
sobrino-nieto primo segundo primastro segundo
abuela tatarabuela tatarabuelastra
abuelo tatarabuelo tatarabuelastro
tía tía-bisabuela tía-bisabuelastra
tío tío-bisabuelo tío-bisabuelastro
prima tía-abuela segunda tía-abuelastra segunda
primo tío-abuelo segundo tío-abuelastro segundo
sobrina segunda tía tercera tíastra tercera
sobrino segundo tío tercero tíastro tercero
sobrina-nieta segunda prima tercera primastra tercera
sobrino-nieto segundo primo tercero primastro tercero
bisabuela trastatarabuela trastatarabuelastra
bisabuelo trastatarabuelo trastatarabuelastro
tía-abuela tía-tatarabuela tía-tatarabuelastra
tío-abuelo tío-tatarabuelo tío-tatarabuelastro
tía segunda tía-bisabuela segunda tía-bisabuelastra segunda
tío segundo tío-bisabuelo segundo tío-bisabuelastro segundo
prima segunda tía-abuela tercera tía-abuelastra tercera
primo segundo tío-abuelo tercero tío-abuelastro tercero
sobrina tercera tía cuarta tíastra cuarta
sobrino tercero tío cuarto tíastro cuarto
sobrina-nieta tercera prima cuarta primastra cuarta
sobrino-nieto tercero primo cuarto primastro cuarto
tatarabuela pentabuela pentabuelastra
tatarabuelo pentabuelo pentabuelastro
tía-bisabuela tía-trastatarabuela tía-trastatarabuelastra
tío-bisabuelo tío-trastatarabuelo tío-trastatarabuelastro
tía-abuela segunda tía-tatarabuela segunda tía-tatarabuelastra segunda
tío-abuelo segundo tío-tatarabuelo segundo tío-tatarabuelastro segundo
tía tercera tía-bisabuela tercera tía-bisabuelastra tercera
tío tercero tío-bisabuelo tercero tío-bisabuelastro tercero
prima tercera tía-abuela cuarta tía-abuelastra cuarta
primo tercero tío-abuelo cuarto tío-abuelastro cuarto
sobrina cuarta tía quinta tíastra quinta
sobrino cuarto tío quinto tíastro quinto
sobrina-nieta cuarta prima quinta primastra quinta
sobrino-nieto cuarto primo quinto primastro quinto

Formas de parentesco

El parentesco entre dos personas se puede producir de tres formas diferentes:

Archivo:Tabla de Parentescos
Relaciones de parentesco en español. Los sistemas terminológicos de parentesco pueden ser completamente diferentes en distintas sociedades. Dentro de esa clasificación antropológica, el sistema hispanohablante corresponde al sistema esquimal de parentesco.

Parentesco de consanguinidad

El parentesco de consanguinidad es la relación que existe entre las personas unidas por un vínculo de sangre, es decir, que tienen al menos un ancestro en común. La proximidad en el parentesco por consanguinidad se determina por el número de generaciones que separan a los dos parientes, y se mide en grados, correspondiendo cada grado a la separación entre una persona y sus padres o hijos.

Estos vínculos de parentesco consanguíneo se organizan en líneas de parentesco, formadas por una serie consecutiva de grados, entre las que se pueden distinguir:

  • Línea recta: la serie de grados existente entre personas que descienden una de la otra.
    • Línea recta ascendente: une a alguien con aquellos de los que desciende de manera directa: padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos,
    • Línea recta descendente: liga al ancestro con los que descienden sucesivamente de él de manera directa: hijos, nietos, bisnietos, tataranietos,
  • Línea colateral: la serie de grados existente entre personas que tienen un ascendiente común, sin descender una de la otra: hermanos, tíos, primos…

Esto se encuentra regulado en los artículos 915 a 918 del Código civil español, en el artículo 27 del Código civil chileno, en los artículos 190 a 198 del Código civil guatemalteco y en los artículos 37 a 39 del Código Civil venezolano.

Parentesco de afinidad

La afinidad es el vínculo que se establece entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro, o bien, recíprocamente, entre una persona y los cónyuges de sus parientes consanguíneos. El grado y la línea de la afinidad se determinan según el grado y la línea de la consanguinidad. Es decir, una persona es pariente por afinidad de todos los parientes consanguíneos de su cónyuge en la misma línea y grado que este lo es de ellos por consanguinidad. Recíprocamente, los cónyuges de los parientes consanguíneos de una persona son parientes por afinidad de esta en la misma línea y grado que el pariente consanguíneo del que son cónyuges.

La relación existente entre un grupo de parientes consanguíneos y los parientes consanguíneos del cónyuge de uno de ellos, que podría denominarse «doble afinidad» (por ejemplo, la relación existente entre los consuegros o los concuñados o concuños, no genera parentesco en el Derecho hispano. Es decir, el matrimonio no crea parentesco entre los afines de uno de los cónyuges y los del otro.

También existe el término «contrapariente», que significa "pariente de parientes": 'No es primo directo mío; es un contrapariente porque es primo de mi cuñado.'

Parentesco civil

Entre los romanos se conocía como agnatio al vínculo puramente civil existente entre personas sujetas a una misma patria potestad, fueran o no descendientes de quien la ostentaba. La naturaleza de este vínculo no residía en la sangre, sino en el poder.

La adopción también crea un tipo especial de parentesco, llamado «parentesco civil» o «parentesco por adopción», entre el adoptado y el adoptante, así como entre el adoptado y la familia del adoptante. En general, el parentesco entre un adoptado y su familia adoptante se considera exactamente igual que el de un miembro familiar de origen consanguíneo.

Grados de parentesco

Estos son los grados de parentesco:

Consanguinidad

primer grado segundo grado tercer grado cuarto grado quinto grado sexto grado
padres abuelos bisabuelos tatarabuelos/trasabuelos/rebisabuelos
hijos nietos bisnietos/biznietos tataranietos/rebisnietos choznos/cuadrinietos/chuznietos bichoznos
hermanos tíos primos tíos-bisabuelos tíos-tatarabuelos
sobrinos tíos-abuelos sobrinos-bisnietos sobrinos-tataranietos
sobrinos-nietos primos-tíos primos segundos
primos-sobrinos primos-tíos-abuelos
primos-sobrinos-nietos

Afinidad

primer grado segundo grado tercer grado cuarto grado
suegros prosuegros absuegros tatarabuelos del cónyuge
yernos y nueras proyernos y pronueras abyernos y abnueras cónyuges de los tataranietos
padrastros cuñados tíos del cónyuge primos del cónyuge
hijastros hermanastros sobrinos del cónyuge tíos-abuelos del cónyuge
abuelastros cónyuges de los tíos sobrinos-nietos del cónyuge
nietastros cónyuges de los sobrinos cónyuges de los primos
tíastros cónyuges de los tíos-abuelos
sobrinastros cónyuges de los sobrinos-nietos
bisabuelastros tíos-abuelastros
bisnietastros sobrinos-nietastros
tatarabuelastros
tataranietastros

Efectos de parentesco

Sirve para ampliar la esfera de derechos entre parientes.

Derechos que derivan del parentesco

Los principales derechos que derivan del parentesco son: la pensión alimenticia, la patria potestad y la herencia.

Obligaciones que nacen del parentesco

La pensión alimenticia, en su aspecto pasivo; el respeto y la consideración que los descendientes deben a sus ascendientes, y la tutela legítima.

Incapacidades que derivan del parentesco

La incapacidad para contraer matrimonio entre parientes cercanos; la prohibición que impone la ley, en determinados casos, para servir como testigos, en juicio, a un pariente, y la incapacidad para ocupar determinados cargos de la administración pública, cuando un aspirante a dichos cargos ya ocupa otros dentro de la propia administración.

La obligación alimenticia. Entre las obligaciones derivadas del parentesco figura, de modo preeminente, la obligación alimenticia, que es recíproca, pues el que la cumple tiene, a su vez, el derecho de exigirla (Artículo 301 del Código Civil). En virtud de esta obligación, el deudor debe procurar al acreedor todos los medios necesarios para que este no carezca de alimentos, habitación, medicinas, educación, etcétera, es decir, lo necesario para vivir decorosamente.

Biología evolutiva

En evolución, parentesco significa parentesco evolutivo, es decir, dos taxones relacionados filogenéticamente.

Véase también

Kids robot.svg En inglés: Kinship Facts for Kids

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Parentesco para Niños. Enciclopedia Kiddle.