Derecho a la vivienda para niños
El derecho a una vivienda digna es un derecho humano fundamental. Esto significa que todas las personas deberían tener un lugar seguro y adecuado para vivir. Este derecho está mencionado en documentos muy importantes a nivel mundial.
Por ejemplo, el Artículo 25, apartado 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 dice que: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios...
También, el Artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) establece que: Toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para sí misma y para su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuadas y una mejora continuada de las condiciones de existencia.

Contenido
¿Qué significa el derecho a una vivienda adecuada?
Aunque la Declaración Universal de los Derechos Humanos no es un documento que los países estén obligados a seguir al pie de la letra, sirvió de base para crear acuerdos internacionales más fuertes. Dos de estos acuerdos son el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Estos pactos fueron aprobados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1966.
El Comité de Derechos Sociales de la ONU explica que el derecho a una vivienda adecuada es muy importante. Es clave para que las personas puedan disfrutar de otros derechos relacionados con su bienestar y desarrollo.
¿Cómo se aplica este derecho en los países?
En algunos países, el derecho a una vivienda adecuada está escrito en su Constitución Nacional. En otros, se han creado leyes específicas para proteger este derecho. Es importante que los ciudadanos puedan reclamar legalmente ante los tribunales si las autoridades no cumplen con este derecho. Si el derecho a la vivienda no está mencionado de forma específica, se puede entender que forma parte de las condiciones para una vida digna, ya que es un derecho humano reconocido en acuerdos internacionales.
Existen grupos de investigación internacionales que estudian el derecho a la vivienda. Por ejemplo, la Red Europea de Investigación sobre Vivienda conecta a más de 500 investigadores de 41 países.
Las tres generaciones de derechos humanos
Los derechos humanos se pueden clasificar en "generaciones". Esta idea fue propuesta por el jurista Karel Vasak en 1979. Cada generación se relaciona con los valores de la Revolución francesa: libertad, igualdad y fraternidad.
- Primera generación: Son los derechos civiles, relacionados con la libertad. Por ejemplo, la libertad de expresión o de reunión. Estos derechos piden que el gobierno no interfiera en la vida privada de las personas.
- Segunda generación: Son los derechos económicos, sociales y culturales, relacionados con la igualdad. Incluyen el derecho al trabajo, a la educación y a la salud.
- Tercera generación: Surgieron alrededor de 1980 y se vinculan con la solidaridad. Buscan el progreso social y mejorar la calidad de vida de todas las personas. El derecho a la vivienda se enmarca en esta generación. Otros temas relacionados son:
- La solución de problemas como la alimentación, el crecimiento de la población, la educación y el cuidado del medio ambiente.
- El derecho a un ambiente sano.
- Los derechos de los consumidores.
- El desarrollo que permita una vida digna.
- El libre desarrollo de la personalidad.
Leyes que protegen el derecho a la vivienda

Acuerdos internacionales
El derecho a la vivienda es un derecho humano reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Artículo 25, apartado 1) y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Artículo 11). También se menciona en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Constituciones de algunos países
Muchas Constituciones de diferentes países amplían y detallan el derecho a una vivienda digna y adecuada.
- Argentina: La Constitución de la Nación Argentina (Artículo 14 bis) dice que el Estado debe asegurar el acceso a una vivienda digna. Sin embargo, en ciudades grandes como Buenos Aires, hay desafíos. La gentrificación (cuando una zona mejora y suben los precios, obligando a los residentes originales a mudarse) y la falta de presupuesto público para la vivienda son problemas importantes. Esto ha llevado a un aumento de personas sin hogar.
- Ecuador: La Constitución de Ecuador (Artículo 31) conecta el derecho a la vivienda con el derecho a disfrutar plenamente de la ciudad y sus espacios públicos. Esto se basa en principios de sostenibilidad y justicia social.
- España: La Constitución Española (Artículo 47) establece el derecho a una vivienda digna y adecuada. Los gobiernos tienen la responsabilidad de promover las condiciones para que este derecho se cumpla. Un informe de 2014 de Human Rights Watch señaló que la crisis económica en España afectó el derecho a la vivienda, especialmente por el aumento de los desalojos.
- Venezuela: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Artículo 82) garantiza el derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda e higiénica, con servicios básicos y un entorno que mejore las relaciones familiares y comunitarias.
- México: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 4) dice que toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa. El gobierno, a través de instituciones como el INFONAVIT, debe asegurar este derecho.
Leyes específicas
Para que el derecho a la vivienda sea efectivo, a menudo se necesitan leyes específicas. Estas leyes detallan quiénes son los beneficiarios, qué incluye el derecho y cómo se garantiza. Permiten que las personas puedan exigir a las autoridades que cumplan con su obligación de crear condiciones para una vivienda digna. Es decir, si las autoridades no cumplen, las personas pueden llevar el caso a los tribunales.
Un ejemplo es la Ley DALO en Francia (Loi n° 2007-290 du 5 mars 2007). En España, la Ley reguladora del Derecho a la vivienda en Andalucía también permite a los ciudadanos exigir el cumplimiento de este derecho. Por eso, tener leyes específicas es la mejor manera de cumplir con los acuerdos internacionales sobre el derecho a la vivienda.
¿Qué es una vivienda digna y adecuada?
El Comité de Derechos Urbanos de la ONU, en su Observación General n.º 4, explica que el derecho a una vivienda no es solo tener un techo. Es el derecho a vivir con seguridad, paz y dignidad.
Condiciones de una vivienda digna y adecuada según la ONU
La ONU considera que una vivienda digna y adecuada debe cumplir con estas condiciones:
- 1. Seguridad de la tenencia: Las personas deben tener seguridad legal para vivir en su casa, sin miedo a ser desalojadas o acosadas.
- 2. Servicios e infraestructura: La vivienda debe tener acceso a agua potable, baños adecuados, energía para cocinar, calefacción, luz y para guardar alimentos o eliminar residuos.
- 3. Costo accesible: El precio de la vivienda (ya sea alquiler o compra) no debe ser tan alto que impida a las personas disfrutar de otros derechos humanos. Se sugiere que el costo no supere el 30% de los ingresos.
- 4. Habitabilidad: La vivienda debe ser segura físicamente y tener suficiente espacio. También debe proteger del frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento y otros peligros para la salud.
- 5. Accesibilidad: Debe considerar las necesidades de grupos vulnerables o marginados, como personas con discapacidad.
- 6. Ubicación: La vivienda debe estar cerca de oportunidades de empleo, servicios de salud, escuelas, guarderías y otros servicios sociales. No debe estar en zonas contaminadas o peligrosas.
- 7. Adecuación cultural: La vivienda debe respetar y reflejar la identidad cultural de sus ocupantes.
Galería de imágenes
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El Derecho a la vivienda aparece recogido en el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Algunas constituciones nacionales también lo recogen. El derecho a una vivienda digna y adecuada es uno de los derechos económicos, sociales y culturales que afectan de manera decisiva a las condiciones de igualdad social.
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El derecho a la vivienda ya era invocado en el año 1912. En la imagen portada de suplemento ilustrado del Petit Journal, 11 de febrero de 1912, Francia.
Véase también
En inglés: Right to housing Facts for Kids
- Carta Internacional de Derechos Humanos
- Carta Social Europea
- Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
- Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
- Derechos económicos, sociales y culturales
- Dación en pago
- Derechos constitucionales
- Derechos humanos
- Discriminación por vivienda
- Ley reguladora del Derecho a la vivienda en Andalucía
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Precio de la vivienda
- Primer y Segundo Protocolos Facultativos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Plataforma de Afectados por la Hipoteca de España
- Observatorio DESC