Solariego (persona) para niños
Un solariego era el nombre que se le daba a un campesino en los reinos de Castilla y León durante la Edad Media. Este campesino vivía y trabajaba en una tierra que pertenecía a un noble, conocida como "solar". Su trabajo se regía por un sistema llamado "tenencia", que era una forma de acuerdo para usar la tierra.
Los solariegos eran parecidos a otros tipos de campesinos de la época, como los "juniores de heredad" y los "collazos" (que vivían en tierras de la Iglesia) en Castilla y León, los "mezquinos" en Navarra y Aragón, o los "payeses" en Cataluña. Todos ellos tenían acuerdos similares para trabajar la tierra de otros.
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¿Qué era un solar en la Edad Media?
El solar era un terreno donde vivían y cultivaban los campesinos. A cambio de usar esta tierra, los campesinos debían pagar una renta al señor que era el dueño. La existencia del solar era muy importante porque definía la relación de dependencia entre los campesinos y los señores, convirtiéndolos en solariegos.
El historiador J. A. García de Cortázar destacó la importancia del solar como una de las formas en que se organizaba el espacio social en la Alta Edad Media castellana. Otras formas de organización incluían el valle, la aldea, la villa y la comunidad de villa y tierra.
¿Cómo se definía al solariego en las leyes?
El término "solariego" aparece en importantes documentos legales de la época:
El solariego en "Las Partidas"
En "Las Partidas", un conjunto de leyes creado por el rey Alfonso X de Castilla, se describe al solariego como:
- "Hombre que vive en tierra de otro."
Esto significa que era una persona que habitaba y trabajaba en una propiedad que no era suya.
El solariego en el "Ordenamiento de Alcalá"
Más tarde, en el "Ordenamiento de Alcalá" de 1348, durante el reinado de Alfonso XI de Castilla, se establecieron reglas más claras sobre los solariegos. Este documento protegía a los solariegos y sus familias:
- "Ningún señor de aldea o de solares donde haya solariegos, no les puede quitar el solar a ellos ni a sus hijos ni a sus nietos, ni a sus descendientes, siempre que los solariegos paguen lo que deben por derecho; y ningún solariego no puede vender ni empeñar, ni ceder nada de lo que sea del solar, salvo a otro solariego que sea vasallo de aquel señor dueño del solar; y si lo vendieran o cedieran de otra manera, no será válido, y todo se entregará a quien es dueño del solar, y toda ganancia que el solariego obtenga en ese solar..."
Esto significaba que los señores no podían quitarles la tierra a los solariegos si estos cumplían con sus pagos. Sin embargo, los solariegos tampoco podían vender o ceder la tierra a cualquiera, solo a otros solariegos del mismo señor.
¿Cuáles eran las obligaciones de un solariego?
Los solariegos tenían la obligación principal de "tener poblados los solares", es decir, vivir y trabajar en la tierra. A cambio, debían entregar al señor una renta. Esta renta podía ser de diferentes tipos, dependiendo del lugar y la época:
- En especie: Entregar parte de lo que cultivaban, como cosechas o animales.
- En metálico: Pagar con dinero.
- Servicios adicionales: A veces, también debían trabajar ciertos días del año directamente para el señor en sus propias tierras, lo que se conocía como "serna".
¿Cómo era la vida de un solariego?
Aunque el solariego trabajaba para un señor, era considerado un hombre legalmente libre. Con el tiempo, los solariegos lograron importantes mejoras en sus derechos sociales. Al principio, no podían abandonar las tierras, pero a partir del siglo XII, obtuvieron la libertad de movimiento y podían llevarse sus pertenencias si decidían irse.
Incluso el "Ordenamiento de Alcalá" los protegía, estableciendo castigos para quien tomara algo por la fuerza de un solariego. Los historiadores coinciden en que la situación de los solariegos en Castilla y León fue mejor que la de otros campesinos en otros reinos de la península ibérica o en el resto de Europa.