Mayorazgo para niños
El mayorazgo era una antigua forma de organizar la herencia de los bienes de una familia. Su objetivo principal era que las propiedades más importantes, como tierras o casas, no se dividieran entre todos los hijos, sino que se mantuvieran unidas y pasaran de generación en generación, generalmente al hijo mayor.
La palabra "mayorazgo" viene de "mayor", que se refiere al hijo de más edad, y el sufijo "-azgo", que indica un cargo o estado. La idea era que el hijo mayor heredaba casi todos los bienes, y estos no podían venderse ni dividirse. Así, el patrimonio de la familia se conservaba o incluso crecía con el tiempo.
En otros países de Europa existieron sistemas parecidos, como el majorat en Inglaterra, Francia y Alemania, o el morgadio en Portugal.
Contenido
¿Cómo y cuándo se creó el mayorazgo?
El mayorazgo en Castilla
Aunque ya había algunas ideas similares en el siglo XIII, el mayorazgo se hizo más fuerte en Castilla durante el siglo XV, especialmente con el rey Enrique IV. Los reyes querían asegurarse de que los nobles, que les ayudaban en la guerra y mantenían el orden en sus tierras, tuvieran propiedades estables y grandes para cumplir con sus deberes.
También se cree que esta institución fue importante durante la Reconquista, un periodo en el que se recuperaban territorios. Era necesario que las propiedades en las fronteras fueran estables y no se dividieran por problemas de herencia.
El mayorazgo se reguló de forma más clara con las Leyes de Toro en 1505, durante el reinado de Juana I de Castilla. Estas leyes buscaban evitar que las propiedades de los nobles se dividieran demasiado con las herencias o las ventas. Al principio, el mayorazgo era para la nobleza, pero algunas familias de la burguesía (personas con negocios y dinero) también empezaron a usarlo.
Para crear un mayorazgo, se solía vincular una casa principal o un conjunto de tierras. A veces, esto incluía un título nobiliario, que también pasaba al heredero. Los bienes que formaban parte del mayorazgo no podían venderse ni dividirse en herencia.
En Navarra, los nobles también podían establecer mayorazgos. Esta práctica se hizo común en los siglos XIV y XV, y aumentó mucho en los siglos XVI y XVII. A partir de 1701, fue obligatorio registrar los mayorazgos para que hubiera un control oficial. Las Cortes de Navarra (una especie de parlamento de la época) también fijaron cantidades mínimas de dinero o bienes para poder crear un nuevo mayorazgo.
¿Quiénes eran los herederos del mayorazgo?
Todos los bienes que formaban parte del mayorazgo se heredaban juntos, sin poder separarse. Las condiciones para heredar se decidían al crear el mayorazgo. Una de las condiciones más comunes era que el heredero debía usar el apellido de la familia si no lo tenía ya.
Normalmente, el heredero era el hijo varón mayor. Sin embargo, en algunos casos, podía ser cualquier hijo o hija que se considerara más capaz para administrar los bienes. Lo más frecuente era que el primogénito varón fuera el heredero.
Los demás hijos de la familia (los llamados "segundones") solo podían heredar los bienes que no formaban parte del mayorazgo, que solían ser pocos. Por eso, muchos hijos segundones se dedicaban a la carrera militar o a la vida religiosa, ya que no tenían muchas otras opciones para vivir. Las hijas también lo tenían difícil, pues necesitaban una buena dote (bienes que se daban al casarse) para encontrar un buen esposo, y esta dote solo podía venir de los bienes libres de los padres. Muchas hijas entraban en conventos.
Esta situación a veces causaba problemas si el heredero del mayorazgo moría sin tener hijos. En esos casos, los bienes pasaban a parientes lejanos, lo que podía ser complicado.
¿Cómo terminó el sistema de mayorazgo en España?
El sistema de mayorazgos fue muy criticado, especialmente por pensadores como Gaspar Melchor de Jovellanos a finales del siglo XVIII. Él argumentaba que este sistema impedía que las tierras se usaran de forma más productiva y que la riqueza se distribuyera mejor.
Como resultado de estas críticas, el mayorazgo fue desapareciendo poco a poco. Su abolición fue parte de un proceso más grande en España para eliminar los señoríos, que eran grandes extensiones de tierra controladas por nobles.
Aunque se eliminó formalmente, en algunas zonas el mayorazgo duró un poco más gracias a un truco legal: los dueños podían "donar" el mayorazgo a sus hijos antes de morir, como parte de su matrimonio. Así, el hijo se convertía en el nuevo dueño, y los padres seguían disfrutando de una parte de los bienes mientras vivían.
Después de su desaparición, las grandes propiedades de muchas familias nobles españolas empezaron a dividirse con las herencias, y poco a poco perdieron parte de su antiguo poder y riqueza.
El mayorazgo como concepto legal
Desde el punto de vista legal, el mayorazgo era una forma especial de limitar cómo se podían transmitir ciertos bienes y derechos. El fundador del mayorazgo (la persona que lo creaba) establecía un orden de herencia fijo que no podía cambiarse. Esto significaba que los bienes del mayorazgo no podían venderse ni dividirse, y el dueño solo podía usarlos y disfrutarlos, pero no podía cambiarlos ni transmitirlos fuera del orden establecido. En algunos casos, se permitía añadir nuevos bienes al mayorazgo.
Era como si el fundador, incluso después de morir, siguiera decidiendo quién heredaría los bienes. Esto quitaba al dueño la libertad de vender o donar esas propiedades. Además, se establecía un orden de herencia diferente al que normalmente se seguiría por ley. Este patrimonio era indivisible y no podía ser confiscado, porque se consideraba que el fundador seguía siendo el dueño.
Aunque el mayorazgo y la nobleza estaban relacionados, no eran lo mismo. Había títulos de nobleza sin mayorazgos, y muchos mayorazgos sin títulos de nobleza, que eran simplemente grandes propiedades de tierra.
Algunos expertos en leyes consideran que el mayorazgo era una especie de "servidumbre" (en el sentido legal de limitar la propiedad), y que en realidad, lo que se transmitía no era la propiedad completa, sino solo el derecho a usarla.
¿Había límites para crear un mayorazgo?
La creación de un mayorazgo no dejaba a los demás hijos del fundador sin nada. Normalmente, no se permitía que el mayorazgo incluyera todos los bienes de una persona, sino solo una parte que la ley permitía dejar en herencia de esa manera, sin afectar la parte que correspondía obligatoriamente a los herederos (la "legítima"). Sin embargo, hubo algunas excepciones con ciertas propiedades especiales.
A pesar de su nombre, el mayorazgo no siempre significaba que el hijo varón mayor tuviera preferencia, aunque la mayoría de las veces sí era así. Como institución legal, su característica principal era que era un patrimonio con reglas propias, un orden de herencia especial y las características esenciales de no poder venderse ni dividirse.
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Véase también
En inglés: Majorat Facts for Kids